Pachuca.— Con el argumento de que para la designación del presidente municipal de Tasquillo, el Congreso local debió haber considerado los principios y género de la vacante, el pleno del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) dejó sin efecto el nombramiento de Humberto Fuentes Portillo como representante del Ayuntamiento.
Lo anterior, tras analizar el juicio JDC/43/2023 interpuesto por la regidora Yazmín Eduviges Corona Trejo, en contra del nombramiento realizado por el Congreso local en la persona de Humberto Fuentes, publicado en Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH) el 30 de mayo de 2023.
La magistrada ponente y presidenta del TEEH, Rosa Amparo Martínez Lechuga, recordó que en 2020 en el proceso electoral 2019 y 2020 en Tasquillo se eligió a dos mujeres, como alcaldesa y alcaldesa suplente, ante el fallecimiento de la propietaria asumió la suplente, pero también falleció y el Ayuntamiento decidió dar el encargo de la presidencia al secretario municipal por un periodo de 15 días y luego el Congreso local ratificó ese nombramiento.
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Posteriormente vino el nombramiento de Humberto Fuentes por parte del Congreso local, ya que no hubo acuerdo dentro del cabildo y se turnó al Poder Legislativo.
En ese sentido, la magistrada explicó que una regidora que fue electa vía mayoría relativa (por votos), por el principio de paridad de género tiene mejor derecho que el hombre que fue designado.
En consecuencia, se ordenó revocar el decreto emitido por el Congreso local y que se lleven a cabo una serie de acciones para restituir los derechos políticos vulnerados. “El Congreso violó la paridad de género ya que dejó de tomar en consideración que la vacante fue reservada para mujeres, tanto propietaria como suplente, por tanto la designación que hizo a favor de un hombre que no formaba parte del ayuntamiento va contra los ordenamiento constitucional”, expresó la ponente.
El Congreso local debió considerar las características especiales que revestían la vacante y colocar en la titularidad del Ayuntamiento de Tasquillo a una mujer electa como propietaria y así garantizar la continuidad de la aplicación del principio de paridad, explicó la magistrada.
De ahí que el Congreso tendrá cinco días para nombrar a la alcaldesa sustituta, bajo el principio de paridad de género, por lo que la designación deberá recaer en una persona mujer y que sea miembro de la planilla electa bajo el principio de mayoría relativa.
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