EVITA AUDIENCIA

Caso Díaz Cravioto: así fue como el abogado burló la cárcel tras su detención

El abogado hidalguense señalado por presunto fraude fue aprehendido, pero después lo dejaron en libertad porque tenía protección de la justicia federal

El abogado se desistió de un amparo estatal, pero tenía otro amparo federal.
Escrito en HIDALGO el

PACHUCA.– El abogado José Francisco N, hijo del exmagistrado Francisco Díaz Arriaga, fue aprehendido por el presunto delito de fraude, pero quedó en libertad porque contaba con un segundo amparo vigente ante el Poder Judicial de la Federación (PJF) que lo protegió contra actos privativos de libertad. 

El caso del titular de la Firma Jurídica Díaz se divulgó luego de que la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo (PGJEH) diera a conocer que había solicitado a la Policía Internacional (Interpol) la emisión de una ficha de búsqueda del abogado hidalguense, señalado por el presunto fraude de 39 millones de pesos a la empresa gasera con razón social Luna Gas S. A. de C. V.

En la primera semana de enero, el litigante informó a través de un comunicado que no estaba sustraído de la acción de la justicia, sino que contaba con una suspensión provisional que le había concedido el PJF contra actos privativos se libertad, según consta en el expediente 2009/2022 radicado en el Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Hidalgo. 

El 6 de enero, José Francisco N acudió a las instalaciones del Poder Judicial de la Federación ubicadas en la ciudad de Pachuca para desistirse del juicio de amparo que había promovido el 28 de diciembre del 2022, también indicó que, al rechazar la protección, los agentes de la Procuraduría de Hidalgo ya podrían ejecutar la orden de aprehensión que había en su contra.

Para la mañana del 9 de enero, el abogado realizó un nuevo pronunciamiento desde las instalaciones del Hotel La Misión Pachuca, donde se hospedaba, para solicitar a las autoridades la ejecución del mandato judicial, tras señalar que ya había incautaciones en al menos tres inmuebles de su propiedad, situación que estaba afectando a sus trabajadores y familiares, especialmente a sus hijos. 

Ese mismo día a las 18:08 horas, José Francisco N, hijo del extitular del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Hidalgo, fue aprehendido por Agentes de la División de Investigación en la colonia Ex-Hacienda de Coscotitlán, sobre el bulevar Javier Rojo Gómez, afuera del hotel donde se alojaba, según exhibe el Registro Nacional de Detenciones (RND), de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del gobierno federal. 

De acuerdo con información judicial, aquel 9 de enero fue trasladado e ingresado al Centro de Reinserción Social (Cereso) de Pachuca y puesto a disposición de un juez de control que llevaría la audiencia inicial, radicada bajo la causa penal 1048/2022, donde se le formularía imputación y se solicitaría su vinculación a proceso. 

Sin embargo, aquella diligencia que se desahogaría en Juzgados Penales de Control, Juicio Oral y Ejecución del Primer Circuito Judicial de Pachuca no se concretó porque, aunque el abogado sí se había desistido del amparo 2009/2022, tenía uno más vigente donde le otorgaron la suspensión y por ello, la autoridad judicial local decretó la libertad.

Al respecto, la fracción II del artículo 166 de la Ley de Amparo, indica que cuando se trate de orden de aprehensión o reaprehensión por delitos que no impliquen prisión preventiva oficiosa, “la suspensión producirá el efecto de que el quejoso no sea detenido”, pero este mismo numeral establece que el presunto responsable debe comparecer ante el juez que lleva su proceso judicial. 

Lo anterior “bajo las medidas de aseguramiento que el órgano jurisdiccional de amparo estime necesarias a fin de que no evada la acción de la justicia y se presente al proceso penal para los efectos de su continuación y pueda ser devuelto a la autoridad responsable en caso de que no obtenga la protección de la justicia federal”. 

Además, si un juez de control no cumple con el mandato de la autoridad federal, podría incurrir en el delito previsto en el numeral 262, fracción III, de la misma Ley, la cual establece que se impondrá pena de 3 a 9 años de prisión e inhabilitación por el mismo tiempo “al servidor público que con el carácter de autoridad responsable en el juicio de amparo no obedezca un auto de suspensión debidamente notificado”. 

Primer amparo sobreseyó

El expediente 2009/2022 fue presentado por José Francisco N el 28 de diciembre de 2022 ante el Juzgado Primero de Distrito del PJF y un día después ingreso. 

El quejoso pidió protección contra actos privativos de libertad por parte de un Juez de Control adscrito al Primer Circuito Judicial de Pachuca. 

Sin embargo, este asunto ya concluyó, pues la sentencia emitida el 9 de enero relata que José Francisco N presentó el 4 de enero un escrito para desistirse de su demanda de amparo, la cual ratificó el día 6 del mismo mes. 

En consecuencia, Bertha Patricia Orozco Hernández, Jueza Primera de Distrito en el Estado de Hidalgo, sobreseyó el juicio fuera de audiencia constitucional por falta de interés en su prosecución, como lo establece el artículo 63, fracción I de la Ley de Amparo.

sjl