PRESUNCIÓN DE PATERNIDAD

Proponen que hijos puedan solicitar prueba de paternidad o maternidad en Hidalgo

El legislador de Morena, Luis Ángel Tenorio, promovió una iniciativa para reformar la Ley de la Familia de Hidalgo para que hijos puedan solicitar investigación de paternidad o maternidad

Los hijos podrán solicitar la prueba de paternidad al cumplir la mayoría de edad o a través de un tutor.Créditos: Especial
Escrito en HIDALGO el

PACHUCA.- Luis Ángel Tenorio, diputado local de Morena, presentó una iniciativa para incluir la figura jurídica de “presunción de paternidad” así como la posibilidad legal de permitir investigar la paternidad o maternidad de los hijos fuera de matrimonio cuando se trate de un rapto, estupro o violación.

Esto a través de una reforma al artículo 170 de la Ley para la Familia del Estado de Hidalgo, en la cual se busca generar un reconocimiento de paternidad para garantizar derechos de las y los niños, como el de manutención.

El legislador morenista dijo que en el caso de la solicitud de investigación de una paternidad o maternidad de los hijos fuera de matrimonio -en los casos de rapto, estupro o violación, se puede solicitar cuando la época del delito coincida con la de la concepción.

Además, cuando el hijo haya sido concebido durante el tiempo en que la madre habitaba bajo el mismo techo con el pretendido padre viviendo maritalmente o cuando el hijo tenga a su favor un principio de prueba contra el pretendido padre o madre, expuso el legislador morenista.

De acuerdo con la reforma, las y los hijos están legitimados para promover dicha acción a partir de haber cumplido su mayoría de edad; aunque, en el caso de las personas menores de edad, este recurso legal lo podrán ejercer a través de quien tenga la patria potestad o en su defecto, la tutela o la custodia, siendo una acción imprescriptible.

La paternidad o la maternidad pueden demostrarse a través de los medios de prueba idóneos establecidos en el Código de Procedimientos Familiares; si se ofreciera la prueba relativa a la comprobación del Ácido Desoxirribonucleico (ADN) y la persona a quien se atribuya la paternidad o la maternidad, se negare a proporcionar la muestra necesaria, se presumirá que es el padre o la madre, salvo prueba en contrario.

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