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Hasta 9 años de cárcel por espionaje, hackeo o clonar tarjetas, piden diputados

La iniciativa incluye agravantes cuando el espionaje sea contra comunicadores y sea cometida por instituciones públicas estatal o municipales

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Escrito en HIDALGO el

PACHUCA.- La bancada de Morena presentó una reforma para sancionar el espionaje y hackeo a tecnologías de información y comunicación, así como la clonación de tarjetas, documentos o instrumentos para el pago de algún bien.

A través de una reforma al Código Penal de Hidalgo, se busca imponer sanciones que van de dos a seis años de prisión y de 100 a 300 días de multa al que dolosamente y sin consentimiento efectué estas conductas; aunque, si el delito es en agravio de un periodista o alguna institución pública, estas penas se aumentarán una mitad, es decir, se alcanzarían penas de hasta nueve años.

Así lo informó el diputado local de Morena, José Antonio Hernández Vera, quien aseguró que la iniciativa propone tipificar conductas para tutelar bienes jurídicos que actualmente no están bajo la protección del derecho.

“Por ello se encuentran expuestos al empleo o uso indebido de las Tecnologías de la Información y la Comunicación como el internet, las computadoras, aplicaciones, software o programas de cómputo y los teléfonos inteligentes, lo que ha facilitado los medios para transgredir, violentar o dañar los bienes que utilizan las personas e instituciones en el desarrollo de sus actividades económicas, empresariales, financieras, de gobierno o de servicios”, expresó.

Hernández Vera precisó que los delitos informáticos atentan contra la confidencialidad de la información, de los sistemas informáticos, la propiedad intelectual, la integridad e intimidad de las personas, el patrimonio, la revelación de secretos, el acceso ilícito a sistemas y equipos informáticos.

También transgreden al sujeto por la suplantación de identidad, clonación de tarjetas bancarias, para acoso sexual, falsificación, fraude, robo, violencia digital que atenta contra la intimidad sexual, la integridad, la dignidad y la vida privada de las personas.

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“Esto causa un daño moral, psicológico y económico. En este ilícito se usan como medio o como fin para realizarlos, a las tecnologías de la información y la comunicación, tales como recursos informáticos, electrónicos, tecnológicos e internet… es decir, en la comisión de estos delitos se usan las computadoras, los teléfonos inteligentes, software, entre otros”, concluyó.

LA REFORMA

La iniciativa adiciona el capítulo II denominado: Acceso Ilícito a Sistemas y Equipos de Informática, al título cuarto de delitos contra la inviolabilidad del secreto; adicionando los artículos 178 bis, 178 ter y 178 quater del Código Penal para el Estado de Hidalgo.

Esta fue signada por las y los diputados de Morena y PT: Elvia Yanet Sierra Vite, Tania Valdez Cuellar, Edgar Hernández Dañu, Jesús Osiris Leines Medécigo, Jorge Hernández Araus y José Antonio Hernández.

Específicamente, el artículo 178 Bis impone penas de dos a seis años de prisión y de 100 a 300 días de multa a quien acceda, copie, difunda, intercepte o entregue cualquier tipo de información, registro o archivo informático, entre otras.

CLONADORES DE TARJETAS BANCARIAS

Esta misma sanción se impondrá a la persona que con el ánimo de lucro y en prejuicio del titular de una tarjeta, documentos o instrumentos para el pago de bienes, servicios o para disposición en efectivo, acceda a los equipos y servicios de cómputo o electromagnéticos de instituciones bancarias y disponga de efectivo.

De igual forma a quien utilice algún medio informático, telemático o electrónico con la intención de lucrar o generar un daño patrimonial, al interceptar datos informáticos o datos de envío, cuyo objeto sea el acceso no autorizado a una base de datos automatizados para suplantar identidades físicas o morales, con la intención de cometer, intentar o favorecer cualquier actividad ilícita.

PERIODISTAS O INSTITUCIONES PÚBLICAS

En el artículo 178 Ter, se detalla que las penas previstas se incrementarán en una mitad cuando las conductas sean cometidas en contra de alguna institución pública estatal o municipal o si el responsable es o hubiera sido servidor público.

Además, cuando las conductas delictivas afecten datos o información de un sistema de cómputo de periodistas o trabajadores de medios de comunicación.

Las sanciones se duplicarán cuando la conducta obstruya, entorpezca, obstaculice, limite, imposibilite la procuración e impartición de justicia o incida en los registros relacionados con un procedimiento penal en resguardo de la autoridad competente.


sjl