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Al denunciar violencia vicaria Haideé encontró negligencia institucional

La mujer ha documentado irregularidades de autoridades de Hidalgo para favorecer a su expareja, quien ejerció violencia contra ella y el hijo de ambos

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Escrito en HIDALGO el

PACHUCA.– Haideé Franco Moreno acusó que es víctima de violencia vicaria y de omisiones e irregularidades por parte de la Procuraduría General de Justicia de Hidalgo (PGJEH) y del Poder Judicial del Estado (PJEH), lo cual consta en documentos que ella ha recabado, así como oficios y resoluciones que son parte de la causa penal 530/2020, contra Jaime R.U., por violencia familiar ejercida contra ella y el hijo de ambos, D.R.F.

Ella atribuye las irregularidades a que su expareja es hermano de David Richards Uribe, quien labora en la Procuraduría estatal; además de nexos fraternales con mandos del Centro de Control, Comando, Comunicaciones, Cómputo, Coordinación e Inteligencia (C5i), donde trabaja.

“El agresor, quien labora en el C5, adscrito a la Secretaría de Seguridad Pública, ha sido protegido por el coordinador del C5i (Ricardo Reyes Monzalvo) y por las autoridades del estado. El hecho de que el peritaje médico de mi hijo se extraviara siete meses y que mi expareja resultara con una suspensión condicional del proceso, son muestra de que el cuidado de las infancias en Hidalgo no es algo importante”.

Desde que en el año 2020 Haideé inició sus procedimientos penales contra Jaime R.U., ha documentado una serie de irregularidades por parte de las autoridades procuradoras de justicia de la entidad, entre las que figuran: el archivo de su primera denuncia, la pérdida temporal de un peritaje y el quebranto, sin consecuencias, de medidas cautelares de parte de Jaime.

Así como la orden de una juez de control para convivencias familiares entre Jaime R.U. y su hijo, a pesar de existir la denuncia 12-20202-03267, por violencia en agravio del menor.

Además, una magistrada del Poder Judicial estatal le concedió a Jaime la suspensión condicional de su proceso penal, lo que implicó la posibilidad de que el presunto agresor solicite la guarda y custodia de D.R.F.

AGREDIÓ AL NIÑO PARA DAÑAR A HAIDEÉ

El caso de Haideé está catalogada como violencia vicaria, la cual se ejerce contra las hijas o hijos de una mujer con el fin de dañarlas, controlarlas o manipularlas.

“Mi expareja actuó con dolo para hacerme daño, violentando a mi hijo, porque yo lo había denunciado dos semanas antes por violencia hacia mi persona”.

El 18 de febrero de 2020, Haideé en su calidad de víctima, inició una carpeta de investigación radicada bajo el número único de caso 12-2020-02341, en contra de Jaime. 

El proceso comenzó en el Centro de Justicia para Mujeres (CJMH), instancia que, para enero de 2021, ya había archivado la carpeta. Sin embargo, con posterioridad Haideé logró que continuara integrándose.

La mujer explicó que cuando empezó la denuncia, le informaron que requería de un peritaje psiquiátrico y que el CJMH la contactaría con posterioridad porque en aquel momento no había personal para realizar dicho dictamen. 

“Como nunca me llamaron decidí acudir para el mes de enero del 2021, encontrándome con que ya se habían llevado mi carpeta para archivo”.

LA VIOLENCIA CONTRA SU HIJO 

Semanas después de la primera carpeta, Haideé inició una más, esta vez por el delito de violencia familiar agravada, debido a que Jaime agredió en el rostro a su hijo D.R.F., quien en ese entonces tenía 9 años de edad. 

La denuncia la interpuso en la Coordinación General de Atención a la Familia y a la Víctima (CAVI), el 8 de marzo de 2021, el asuntó se quedó asentado en la carpeta 12-20202-03267.

Un mes después, Jaime fue vinculado a proceso en la causa penal 530/2020, a cargo de la jueza de control Dalia Ibonne Ortega González, adscrita al Primer Circuito Judicial de Pachuca. 

Tras la vinculación, Haideé comenzó a notar una serie de irregularidades por parte de las instancias procuradoras de justicia.

En ese sentido, señaló que se traspapeló durante más de siete meses el peritaje psicológico de su hijo, el cual realizó personal de la Procuraduría General de Justicia de Hidalgo (PGJEH), donde labora como médico legista David Richards Uribe, hermano de Jaime.

“El peritaje médico se pierde y su hermano trabaja en la Procuraduría de Justicia como perito, el peritaje de mi carpeta salió sin afectación psicológica, me doy cuenta que también hay una violencia institucional, en donde, además, a Jaime le conceden la suspensión condicional del proceso”. 

LA VIOLENCIA INSTITUCIONAL

En audiencia del 26 de octubre de 2021, la jueza de control, Dalia Ibonne Ortega González, ordenó iniciar un juicio de convivencia entre el padre y el menor, relató Haideé.

“No le importó que la agresión a mi hijo se generó precisamente durante una “convivencia” en la casa su abuela paterna”.

Además, la resolución respecto a las visitas y convivencias ocurrió cuando Jaime tenía medidas cautelares como la prohibición de acercarse y comunicarse con D.R.F. 

Dichas restricciones las quebrantó en dos ocasiones, según muestran los reportes de incumplimiento que datan del 2 de julio y el 29 de octubre de 2021, firmados por Eva Pérez Hernández, directora general de la Unidad de Medidas Cautelares (Umeca).  

Además, durante el procedimiento penal, el presunto responsable solicitó suspensión condicional del proceso, la cual le otorgó la magistrada Rosalba Cabrera Hernández de la Sexta Sala Unitaria del Sistema Penal Acusatorio del Tribunal Superior de Justicia de Hidalgo (TSJEH). 

“Le conceden la suspensión cuando su pena excede los 5 años 3 meses y no tenía derecho a ello, sino que tenía derechos solamente a que se hiciera un juicio abreviado; o bien, ir a juicio para ver lo de la pena”, dijo Haideé.

También refirió que dicha resolución judicial no solo implicó la libertad de Jaime, sino la posibilidad de que solicite la guarda y custodia de D.R.F., así como que su historial no aparezca con antecedentes penales una vez que pase un año y cumpla con la reparación del daño. 

ACUDIÓ AL CONSULADO GENERAL DE ESPAÑA

Derivado de las resoluciones judiciales, Haideé optó por notificar su caso al Consulado General de España en la Ciudad de México, debido a que ella y su hijo, tienen dicha nacionalidad.

“Estoy solicitando la protección consular en España, que están más avanzados en esto y existe una ley contra la violencia vicaria, aquí en Hidalgo se aprobó el 2 de mayo, pero la metieron dentro de la violencia familiar, yo no puedo ir a decir: sufro violencia vicaria, porque me van a decir que es violencia familiar y ya está dentro de mi carpeta”. 

También relató su situación en un oficio de fecha 29 de octubre de 2021 que envió a la magistrada Yanet Herrera Meneses, presidenta del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura de Poder Judicial del Estado de Hidalgo (PJEH), de quien no obtuvo respuesta. 

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“No me recibió, nunca me recibió, yo quería una reunión con ella para exponerle que estaba habiendo tráfico de influencias y para decirle que era muy probable que a partir de ese tráfico de influencias el agresor se saliera con la suya y no me quiso recibir y en efecto, al agresor Jaime R.U. le otorgan la suspensión”. 

En sus escritos, Haideé asentó que con la resolución judicial se está arriesgando la integridad física de su hijo, su estabilidad emocional y su derecho a tener y vivir una vida libre de violencia.

LA TIPIFICACIÓN DE VIOLENCIA VICARIA 

El 2 de mayo de 2022, diputados locales aprobaron una reforma al Código Penal de Hidalgo para tipificar la violencia vicaria que se ejerce sobre los hijos o cualquier otra persona con un lazo familiar o afectivo como venganza por parte de una pareja sentimental.

La reforma aprobada se incluyó en el apartado de "Violencia Familiar" del artículo 243 Bis del Código Penal de Hidalgo y se suma a la violencia física, psicológica, sexual, económica o patrimonial.

De acuerdo con lo establecido en dicho numeral, los tipos de violencia antes referidos serán sancionados de uno a seis años de prisión, multa de 50 a 100 días. Asimismo, se sujetará a tratamiento psicoterapéutico reeducativo especializado para la persona agresora.

En caso de que la víctima sea menor de edad, incapaz o persona mayor de sesenta años, se aumentará en una mitad la pena que corresponda.


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