PACHUCA.- El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) solicitó a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) analizar nuevamente el expediente CNHJ-HGO-1477/2022, ya que la queja principal fue la elección de Marco Antonio Rico Mercado como dirigente del partido en la entidad y no los resultados oficiales de los consejos distritales.
El 14 de septiembre, el órgano partidista declaró improcedente el caso ingresado por el exdiputado federal Gustavo Callejas Romero, al asegurar que fue presentado de manera extemporánea, ya que el 24 de agosto fueron publicados los resultados oficiales de las asambleas distritales y la demanda fue ingresada el 29, lo que rebasó el plazo de cuatro días para iniciar la queja.
Sin embargo, la comisión “motivó de manera incorrecta la improcedencia, ya que partió de una premisa inexacta al considerar que los actos impugnados por el actor consistían en los resultados oficiales de los congresos distritales del estado, específicamente la asamblea 07, y no la elección de Marco Antonio Rico Mercado como presidente del Comité Ejecutivo Estatal”, explicó el magistrado Leodegario Hernández Cortes al exponer el proyecto del juicio JDC-110/2022.
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En ese sentido, puntualizó que existió incongruencia entre lo resuelto por la CNHJ y lo aducido en la queja, ya que fueron analizados aspectos “ajenos”, por lo que violentó el análisis material de fondo sobre lo planteado, acceso a la justicia y debido proceso legal.
Respecto a que la queja no fue interpuesta dentro del plazo de cuatro días, después de conocer el acto reclamado (elección de Rico Mercado), el juez advirtió que el exdiputado afirmó que tuvo conocimiento de los resultados el 27 de agosto, ya que participó en el proceso interno (obtuvo 33 votos contra 35 del electo), y presentó la demanda el 29, por lo que fue en el plazo establecido por la ley.
Dos votos de diferencia
El 27 de agosto pasado, los consejeros electorales de Morena nombraron a Marco Antonio Rico Mercado como dirigente del partido en el estado, pues obtuvo 35 votos contra 33 de Gustavo Callejas.
El 29 de ese mes, el exdiputado federal promovió, vía per saltum, un juicio ante la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el cual quedó registrado bajo el número de expediente SUP-JDC-1008/2022, pero el 5 de septiembre esta determinó reenviarla a la sala regional Toluca para su análisis.
El órgano jurisdiccional mexiquense consideró que no se justifica el salto de instancia, por lo que reencauzó el caso a la CNHJ; esta última declaró improcedente el expediente el 14 de septiembre al asegurar que fue extemporáneo.
En la queja, Callejas Romero acusó irregularidades en la elección interna de la dirigencia estatal, ya que señaló que Luis Enrique Cadena García, congresista en el acto, ejerció dos votos; además, existían impugnaciones por la elegibilidad del alcalde de Nopala de Villagrán.
En ese sentido, afirmó que al invalidar dichos votos, podría existir un cambio en los resultados; es decir, al anular los dos sufragios del morenista, la votación quedaría en empate con 33 sufragios para Rico Mercado y Gustavo Callejas, respectivamente, lo que daría pie a un proceso de desempate u otro método que se designe por la asamblea.
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