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Ceresos de Hidalgo, sin recursos ni instalaciones para higiene menstrual digna

La CNDH detectó que las internas no tienen acceso a productos de higiene menstrual, y que algunas usan trozos de tela o calcetines

Escrito en HIDALGO el

PACHUCA.– Los 12 centros penitenciarios de Hidalgo que atienden a 319 mujeres carecen de una partida específica y asignada para la adquisición de productos menstruales, mientras que las instalaciones de los Ceresos de Apan, Ixmiquilpan y Mixquiahuala no permiten a las personas privadas de libertad ejercer su derecho al acceso a una higiene menstrual digna.

Así se desprende de un diagnóstico que realizó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y que a su vez derivó en la recomendación 35 /2021, dirigida a los gobiernos de los estados del país, incluyendo a Hidalgo.

Además de Aguascalientes, Baja California, Chiapas, Ciudad de México, Guerrero, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco y Tamaulipas.

SIN PRESUPUESTO

Hidalgo es una de las 17 entidades de México sin presupuesto para insumos menstruales, lo que implica que mujeres y adolescentes privadas de la libertad dependan de donaciones, productos que les llevan familiares o en su caso, compras en las tiendas de prisión a mayor costo, siempre y cuando tengan recursos.

La CNDH explica que en dichos establecimientos los insumos cuestan 5 o 10 veces más caros, en el caso de Hidalgo ejemplificó que el Cereso de la región Huasteca vende un paquete de toallas femeninas de 12 piezas en 38 pesos, cuando el precio en el supermercado ronda los 25 pesos, lo que significa que se comercializa un 52 por ciento más costoso adentro de este penal.

Debido al precio, los productos de higiene menstrual “se convierten en un artículo de lujo por su alto costo y difícil acceso”, aunado a que los Ceresos de Huichapan, Apan, Jacala, Mixquiahuala, Molango, Tulancingo, Tula, Actopan, Tenango de Doria, Ixmiquilpan y Pachuca, todos con sede en Hidalgo, no presupuestan dinero para comprar los insumos, como exhibe el análisis del organismo autónomo.

Esto obliga a las personas usuarias de estos productos a utilizar calcetines, pedazos de tela o tener una toalla sanitaria por más de 48 horas, lo cual se ha convertido en la solución de muchas mujeres privadas de la libertad”.

Derechos Humanos también considera que 6 de cada 10 mujeres son olvidadas en las prisiones y su único medio para conseguir artículos menstruales es a través de donaciones que llegan a penales; aunque en Tenango, Apan, Jacala, Molango, Tulancingo, Tula y Actopan no hay un tiempo estimado de estas dádivas.

En Pachuca las donaciones que llegan se distribuyen mensual o bimestralmente; en Ixmiquilpan, al mes; en Huichapan depende de la cantidad y frecuencia en la que se reciben al igual que en Mixquiahuala.

ESPACIOS PARA HIGIENE MENSTRUAL DIGNA

La CNDH puntualizó que las mujeres privadas de libertad deben contar con espacios adecuados para una estancia digna y segura.

Sin embargo, de la información recabada advirtió que los centros penitenciarios de Hidalgo, Guerrero, Puebla, Morelos, Sonora y Tabasco no tienen instalaciones apropiadas para la limpieza menstrual.

En el caso de la entidad hidalguense, fue en el Cereso Apan donde se encontró que no es posible realizar obras de ampliación o construcción de espacios para la higiene de mujeres.

En Ixmiquilpan, el espacio de baño es reducido en relación con población femenil, mientras que en el penal de Mixquiahuala el único baño, lavabo y regadera del área femenil están en deficiente estado por el uso.

LA RECOMENDACIÓN

Derivado de los hallazgos, la CNDH emitió la recomendación 35 /2021, por la falta de acciones suficientes para garantizar a las adolescentes y mujeres privadas de la libertad el derecho a la salud sexual y reproductiva, así como a la gestión e higiene menstrual digna en los centros penitenciarios.

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En el documento, María Del Rosario Piedra Ibarra les recomendó específicamente a los gobiernos de Hidalgo, Guerrero, Puebla, Morelos, Sonora y Tabasco, girar instrucciones a quien corresponda para que “se lleven a cabo a la brevedad las acciones y arreglos en la infraestructura necesarios, para dignificar los espacios destinados a la higiene menstrual de las mujeres privadas de la libertad”.

Pues argumentó que la infraestructura poco favorable para la mujer perjudica su posibilidad de ejercer los derechos relacionados a la seguridad sanitaria, privacidad e intimidad.

 

 

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