OPINIÓN

El Centinela

Créditos: LSR Hidalgo
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Alcalde viaja a Londres

La licencia por 10 días del alcalde de Ixmiquilpan, Emmanuel Hernández Pascual, para viajar a Londres y asistir el próximo 5 de abril a la pelea de la boxeadora Mayeli Flores Rosquero, deja más preguntas que aplausos en un municipio que arrastra cinco meses de obras inconclusas en el corazón comercial. Aunque el Cabildo avaló por unanimidad su ausencia y designó al secretario técnico Jaime Rosales como encargado provisional, la decisión ocurre en un contexto de creciente inconformidad. El argumento de respaldo al talento local contrasta con la urgencia de supervisión en territorio, especialmente cuando el propio gobierno municipal asegura que las obras podrían concluir esta misma semana, una promesa que la ciudadanía recibe con escepticismo tras meses de retrasos. La ausencia, aunque legal, se percibe políticamente inoportuna.

Emmanuel Hernández Pascual, alcalde de Ixmiquilpan. (Especial)

Funcionario prepotente

Lo ocurrido este lunes en el centro de Pachuca no es un hecho menor: exhibe la persistencia de una cultura de impunidad en ciertos niveles del servicio público. Que un funcionario de Mineral del Chico —identificado como Jaime Ramírez Rivera, director de planeación— haya reaccionado con prepotencia, intimidación e incluso con señalamientos de intento de agresión contra un agente de tránsito, no solo vulnera el orden reglamentario, sino que envía un mensaje sobre el respeto a la ley desde los mismo que deberían poner el ejemplo. Hasta el cierre de este espacio, el ayuntamiento encabezado por Fernando Baltazar Monzalvo, no había fijado una postura. En contraste, la actuación del elemento vial que, pese a la presión, cumplió con su deber.

Acción de inconstitucionalidad

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una acción de inconstitucionalidad contra artículos de las leyes de ingresos 2026 de ocho municipios de Hidalgo (Acatlán, Acaxochitlán, Actopan, Agua Blanca, Ajacuba, Alfajayucan, Almoloya y Apan), al considerar que establecen cobros excesivos y desproporcionados por servicios como la expedición de documentos y reproducción de información, además de posibles irregularidades en el cobro de alumbrado público. El organismo argumentó que estas disposiciones vulneran principios como la seguridad jurídica, la proporcionalidad y la equidad tributaria, por lo que solicitó su invalidez y pidió al Congreso local evitar normas similares en el futuro, quedando ahora en manos del máximo tribunal determinar su legalidad y los efectos que esto podría tener en las finanzas municipales.