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Guanajuato: ¡Último día para declarar al SAT!, si no lo haces te pueden multar

Las personas físicas que no han realizado la declaración anual 2022, el plazo se termina este 2 de mayo pues el SAT dio este día más para realizar este trámite y en las oficinas de León atenderán de 8:30 de la mañana a 5:00 de la tarde

Si no se presenta la declaración anual el SAT te puede multar.
Si no se presenta la declaración anual el SAT te puede multar. Créditos: Especial
Escrito en GUANAJUATO el

Guanajuato.- Se termina el plazo para que las personas físicas realicen su declaración anual 2022 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), inicialmente las fechas para hacer este trámite es del 1 al 30 de abril y el último día fue el pasado sábado 29 de abril pues el 30 cayó en domingo.

El tiempo para presentar la declaración fiscal se termina y el SAT dio un día extra para beneficiar a los contribuyentes, pero como el 1 de mayo es feriado, el plazo lo extendió hasta el martes 2 de mayo.

Este día extra que la dependencia dio para que las personas físicas presenten su declaración fiscal en las oficinas de León atenderán contribuyentes de 8:30 de la mañana a 5:00 de la tarde.

En caso de no presentar la declaración anual 2022, los contribuyentes pueden ser acreedores a una multa por parte del SAT.

Las oficinas de atención del Servicio de Administración Tributaria en León están ubicadas en el bulevar Campestre número 55, colonia La Florida.

Quiénes tienen que presentar su declaración anual 2022

En la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), en el artículo 150 establece los criterios siguientes criterios de quienes deben presentar su declaración anual:

  • Si los ingresos fueron superiores a los 400 mil pesos durante el año.
  • Si se trabajó para dos patrones, aunque no se hayan rebasado los 400 mil pesos.
  • Si se solicitó al patrón que no presente tu declaración anual.
  • Si se dejó de trabajar antes del 31 de diciembre también se debe presentar la declaración.
  • Si durante el año se recibieron ingresos por jubilación, pensión o liquidación.
  • Trabajadores que percibieron ingresos acumulables como honorarios.

Requisitos para presentar la declaración anual 2022

  • Para iniciar la declaración anual del año 2022 hay que asegurarse de tener:
  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de 13 dígitos con homoclave.
  • Contraseña SAT. Se puede generar o actualizarla a través de SAT ID o con la e.firma a través del portal del SAT.
  • e.firma. Solamente si el saldo a favor es superior a 10,000 pesos y cambias la cuenta CLABE.
  • Clabe. Datos bancarios, nombre del banco y CLABE vigente, solamente si se tiene saldo a favor.

¿Qué deducciones personales acepta el SAT?

Las deducciones son los gastos que como contribuyente tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables en la Declaración Anual del ejercicio fiscal que corresponda.

Las deducciones personales que admite el SAT son:

Salud: 

  • Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición. (Son deducibles si son prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes).
  • Gastos hospitalarios y en medicinas incluidas en facturas de hospitales. (No proceden los comprobantes de farmacias).
  • Honorarios a enfermeras.
  • Análisis, estudios clínicos.
  • Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.
  • Prótesis.
  • Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales.
  • Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.
  • Los gastos por salud serán deducibles siempre y cuando hayan sido efectuados para ti, tu cónyuge o concubino/a, tus padres, abuelos, hijos y nietos.

Educación:

  • Transporte escolar, sólo si es obligatorio.
  • Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente, por los montos siguientes (límite anual de deducción):
  • Preescolar: 14,200 pesos.
  • Primaria: 12,900 pesos.
  • Secundaria: 19,900 pesos.
  • Profesional técnico: 17,100 pesos.
  • Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.
  • Para hacer efectivo este beneficio, necesitas contar con el comprobante de pago correspondiente.
  • Cuando realices pagos en un mismo ejercicio fiscal, por una misma persona, por servicios de enseñanza correspondientes a dos niveles educativos, el límite anual de deducción que puedes disminuir es el que corresponde al monto mayor de los dos niveles, independientemente de que se trate del nivel que concluyó o el que inició. Las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no pueden ser deducibles.

Otros:

  • Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos, podrás realizarlos con cualquier medio de pago y debes contar con la factura.
  • Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras, y siempre que el crédito otorgado no exceda de 750 mil unidades de inversión.
  • Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos. (El monto de los donativos no excederá del 7 por ciento de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el impuesto sobre la renta del año anterior).
  • Aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro (Afore).
  • El pago por impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda 5 por ciento.

CM