TRABAJO

Guanajuato: Por esta razón te pueden despedir del trabajo sin derecho a liquidación

La Ley Federal del Trabajo establece obligaciones para trabajadores y también protege a empresas en caso de que empleados incumplan con sus obligaciones y pueden despedirlos sin que implique una responsabilidad para el patrón

El trabajador puede ser despedido sin derecho a liquidación si tiene una cantidad determinadad de faltas.
El trabajador puede ser despedido sin derecho a liquidación si tiene una cantidad determinadad de faltas. Créditos: Especial
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Guanajuato.- Entre las relación de empresas y trabajadores en Guanajuato y en general en México, la Ley Federal del Trabajo se encarga de regular mediante un marco legal que busca garantizar los derechos laborales delinear las obligaciones entre patrones y empleados.

Dentro de la Ley Federal del Trabajo se estipula los derechos de los trabajadores en México entre los que están, jornadas de trabajo justas y razonables, salario mínimo digno, seguridad social, descanso semanal y vacaciones pagadas entre otros.

Además de que vela por los derechos del trabajador, la Ley Federal del Trabajo también señala obligaciones para los empleados y a la vez da protección a las empresas en las situaciones en que los trabajadores no cumplan con sus obligaciones.

De esta manera la Ley Federal del Trabajo les proporciona a los patrones algo así como una "salida legal" con la que puedan actuar en el caso de tener empleados irresponsables como por ejemplo que falten a sus labores de manera injustificada.

Al respecto, entre las causas de rescisión de la relación de trabajo que contempla la Ley Federal del Trabajo se establece una cantidad de faltas que, si se exceden en un determinado tiempo el empleado puede ser despedido sin responsabilidad para el patrón.

La Ley Federal del Trabajo establece en el inciso 10 del Artículo 47:

“Tener el trabajador más de tres faltas de asistencia en un período de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada”.

Si se presentara esta situación en que el trabajador superara las faltas injustificadas en el periodo de tiempo estipulado por la ley, sería causa para que sea despedido y el patrón solamente le pagará como finiquito los días que laboró hasta el momento de la baja y las partes proporcionales de las prestaciones de ese periodo incluyendo la prima de antigüedad.

En caso de que algún trabajador que buscara ser despedido si decide acumular 4 faltas injustificadas en un periodo de 30 días podría recibir una liquidación menor a la que estaría buscando.

CM