CHIAPAS.- A casi tres meses de la entrada en vigor de la denominada Ley Petrona en Chiapas, se ha logrado la liberación de 17 mujeres que se encontraban encarceladas.
La Fiscalía de Chiapas expuso que esta medida responde a una revisión exhaustiva de sus casos bajo una perspectiva de género, la cual permitió acreditar que las implicadas actuaron en legítima defensa frente a situaciones de violencia.
Las mujeres beneficiadas enfrentaban cargos por homicidio contra sus parejas. El estado procesal de las liberadas era variado: algunas aún se encontraban vinculadas a proceso o en etapa de juicio, mientras que otras ya habían recibido una sentencia condenatoria.
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La decisión de otorgarles la libertad se derivó del trabajo de una mesa interinstitucional que analizó más de 80 casos de mujeres encarceladas. Tras un proceso de depuración, se determinó que estas 17 mujeres carecían de una investigación inicial con perspectiva de género, lo que había derivado en su encierro a pesar de haber actuado para salvar sus vidas.
¿Qué es la Ley Petrona?
Aprobada en mayo por el Congreso del Estado como una reforma al Código Penal de Chiapas, esta ley establece la presunción de legítima defensa con perspectiva de género. Sus puntos clave son:
Origen: toma como precedente el caso de Petrona, una mujer indígena de Tenejapa que fue exonerada tras defenderse a sí misma y a sus hijos de un agresor.
Objetivo: evitar la criminalización de las mujeres que se ven obligadas a actuar para proteger su integridad física, sexual o su vida (y la de sus hijos) ante amenazas o tentativas de feminicidio.
Impacto en la justicia: según la Fiscalía de Chiapas, este proceso marca una nueva etapa en la procuración y administración de justicia en la entidad, priorizando el análisis del contexto de violencia en el que se cometen los delitos.
Esta reforma busca garantizar que ninguna mujer sea juzgada injustamente por sobrevivir a contextos de violencia extrema.
El caso Petrona
El sábado 4 de abril, Petrona “N” asesinó a su esposo con un cuchillo mientras estaban en su vivienda, en la comunidad Yashanal, municipio de Tenejapa, dos días después consiguió su libertad.
El fiscal general de Chiapas, Jorge Luis Llaven Abarca, argumentó que la mujer indígena vivía en un contexto de violencia y que el día en que le quitó la vida a Alonso Gómez Sántiz, ella se defendió porque la agredía y amagaba con matarla.
“De acuerdo con la necropsia de ley, (él) falleció por una herida provocada por un cuchillo de los que se usan en la cocina, y fue una hemorragia secundaria a lesiones provocada por el objeto punzocortante”, detalló.
Aclaró que, luego de varios testimonios obtenidos y de hacer una investigación con base en perspectiva de género, la señora también presentaba heridas en su cuerpo, además de daño psicológico, “el día de los hechos, el hoy occiso la agredía y amagaba con privarla de la vida, según refieren los propios testimonios y la declaración de la propia imputada”.
Tras estudios y otros datos de prueba recabados, comentó, se determinó que Petrona -con dos meses de embarazo- actuó en legítima defensa, y por ello obtendrá su libertad porque su vida y la de sus hijos menores de edad peligraban en esa ocasión.
“Entonces determinamos que la reacción fue proporcional a la conducta que le estaban cometiendo”, apuntó, y agregó que ella no provocó a su agresor, sino por el contrario, reiteró, solo se defendía.
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