Un juez federal vinculó a proceso a 13 elementos del Ejército por el homicidio de Alexa Medina, de 7 años, y Leidy Rojas, de 11, asesinadas el 6 de mayo de 2025 en la comunidad de La Cieneguilla, en Badiraguato, cuando viajaban con su familia en una camioneta.
Por el mismo caso, los militares también fueron procesados por homicidio en grado de tentativa contra otros dos menores y dos adultos que resultaron heridos en el ataque.
La resolución judicial se informó este 8 de abril y deriva de una audiencia en la que el agente del Ministerio Público Federal sostuvo que los soldados hicieron un uso letal de la fuerza sin apego a la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza.
Te podría interesar
El juez de Control determinó la vinculación a proceso por homicidio calificado y homicidio calificado en grado de tentativa, al considerar que existía previsibilidad del resultado letal por el adiestramiento de los elementos involucrados.
Hace 11 meses, Leidy y Alexa fueron privadas de la vida por elementos del Ejército, hoy, 13 elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) fueron vinculados a proceso por el delito de homicidio de las dos niñas, así como por la tentativa de homicidio de una adolescente de 14 años, un adolescente de 12 años y dos adultos más, todos integrantes de una familia, según informó el Centro de Derechos Humanos Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), que representa jurídicamente a los padres de las niñas.
Así ocurrió el trágico ataque contra la familia
El 6 de mayo de 2025, en la comunidad de La Cieneguilla, en el estado de Sinaloa, la familia transitaba en una camioneta por una carretera con dirección a la escuela. Al darse cuenta de que el camino estaba bloqueado, regresó hacia su casa, cuando, sin previo aviso o justificación alguna, un convoy de tres vehículos del Ejército mexicano que circulaba en el otro carril abrió fuego en contra del vehículo en el que transitaban.
En un inicio, se dio a conocer que se trató de un enfrentamiento, versión que nunca fue comprobada ni corregida públicamente por las autoridades. La familia de las dos niñas denunció el uso ilegítimo y arbitrario de la fuerza y han impulsado frente a las instituciones de procuración de justicia y jurisdiccionales –acompañadas por el Centro Prodh– que se tomen acciones para acceder a la justicia.
Meses después, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) concluyó que hubo uso ilegítimo de la fuerza con armas de fuego contra civiles desarmados, entre ellos niñas, niños y adolescentes, y emitió la recomendación 201VG/2025 dirigida a Sedena por violaciones graves a derechos humanos.
La CNDH estableció que personal militar interceptó la camioneta en la que se desplazaban las víctimas y utilizó la fuerza de manera desproporcionada, con afectaciones al derecho a la vida, a la integridad personal y al interés superior de la niñez.
En su recomendación, el organismo también asentó que los disparos se dirigieron directamente hacia los ocupantes del vehículo y que no estaba acreditado que los elementos se hubieran visto obligados a abrir fuego como única opción.
Contrario a la demora en la justicia civil, la jurisdicción militar abrió una investigación paralela sobre los hechos.
El pasado 31 de marzo de 2026, las víctimas fueron notificadas de que se habían ejecutado diversas órdenes de aprehensión en contra de 13 elementos del Ejército mexicano. Durante la audiencia los agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial de Investigación y Litigación de Casos Complejos de la Fiscalía Especializada de Control Regional (Fecor) de la FGR presentaron diversos datos de prueba que acreditaban el uso letal de la fuerza de forma injustificada en contra de la familia, sin observar lo establecido en la Ley Nacional de Uso de la Fuerza y estableciendo, adecuadamente, que se trató de una actuación dolosa.
Militares actuaron bajo estado de alerta y nerviosismo
Las defensas de los elementos –incluyendo una por parte de la Defensa de Oficio Militar– entre otros argumentos destacó que los militares actuaron en un contexto de violencia en el estado de Sinaloa, bajo un estado de alerta y nerviosismo.
Dentro de la duplicidad del término constitucional, el juez de Control, Josué Noé Egure Yáñez, adscrito al Centro de Justicia Penal Federal con sede en los Mochis, dictó un auto de vinculación a proceso por los delitos de homicidio calificado y homicidio calificado en grado de tentativa, bajo la figura del dolo eventual.
Lo anterior, debido a que los elementos de las Fuerza Armadas cuentan con adiestramiento y formación en el uso de la fuerza y existía una alta previsibilidad del resultado letal que ocasionaría el accionar sus armas en contra de la camioneta en la que transitaba la familia, además de no actualizarse alguna causal de exclusión de responsabilidad.
Los padres y madres de Leidy y Alexa estuvieron presentes en la audiencia y pudieron manifestar cómo este evento de uso arbitrario de la fuerza letal destruyó irreparablemente su proyecto de vida, así como su interés en que la justicia sea diligente y expedita.
El caso de Leidy y Alexa pone rostro a los efectos más lesivos y dolorosos de la política de despliegue militar, sin controles efectivos, en contextos de alta vulnerabilidad y violencia. También, es un reflejo de la necesidad de que, desde las más altas autoridades, se emitan mensajes claros de que este tipo de hechos no pueden volver a repetirse.
CAGC
