Un joven jornalero, de aproximadamente 20 años, murió al detonar una mina terrestre mientras se dirigía a trabajar en una huerta de limón en el municipio de Apatzingán, Michoacán.
El incidente ocurrió en un camino cercano a una huerta ubicada entre las comunidades de El Alcalde y Las Bateas.
De acuerdo con los reportes, el joven se dirigía a su jornada laboral cuando pisó accidentalmente el artefacto explosivo.
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Fuentes federales de seguridad atribuyen la colocación de minas en caminos rurales de esta zona de Tierra Caliente al Cártel Michoacán Nueva Generación.
Ese grupo criminal estaría integrado por Los Viagras y el Cártel Jalisco Nueva Generación.
Minas antipersonales, armas de lesa humanidad
Las minas antipersonales son consideradas armas de lesa humanidad por sus efectos indiscriminados y permanentes. Su activación puede causar la muerte o lesiones graves, y también perjudicar de forma directa actividades económicas esenciales, como la producción de alimentos, al hacer intransitables amplias zonas rurales.
En México, su uso ha sido documentado principalmente en regiones donde operan grupos del crimen organizado, particularmente en Michoacán y Jalisco. El Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG), fundado por Nemesio Oseguera Cervantes, alias “El Mencho”, ha empleado estos explosivos como parte de su estrategia armada contra rivales, autoridades y comunidades. Las minas han causado muertes, lesiones graves y afectaciones a sectores como el agrícola.
México y la Convención de Ottawa
Aunque su uso suele asociarse a conflictos armados formales, en México se han detectado en contextos de violencia criminal, sin que exista un conflicto bélico declarado. Esta situación plantea un desafío legal y humanitario, especialmente porque México es firmante de la Convención de Ottawa, un tratado internacional que prohíbe totalmente las minas antipersonales.
Contexto: México suscribió el tratado el 3 de diciembre de 1997 y lo ratificó el 9 de junio de 1998, comprometiéndose a no desarrollar, producir, almacenar, transportar ni utilizar este tipo de artefactos. Aunque los grupos criminales no están sujetos directamente a este tratado, el gobierno mexicano tiene la obligación de prevenir, detectar y erradicar su uso dentro de su territorio.
Entre los compromisos que impone la Convención destacan:
Artículo 5: obliga a identificar y limpiar todas las zonas afectadas por minas antipersonales, además de proteger a la población mediante señalización, vigilancia y campañas preventivas.
Artículo 6: establece que los Estados deben brindar atención médica, rehabilitación y apoyo social a las víctimas, así como fomentar la concienciación sobre los riesgos de las minas.
Artículo 9: requiere que los países adopten leyes nacionales que aseguren el cumplimiento del tratado e impongan sanciones a quienes violen sus disposiciones.
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México no sólo firmó este acuerdo, sino que también participó activamente en su elaboración y promoción. Por ello, tiene una responsabilidad destacada en la vigilancia y eliminación de minas antipersonales, incluso cuando su uso provenga de actores no estatales, como los grupos criminales.
