ABORTO EN MÉXICO

Aborto en México: ¿En qué estados está aprobado y hasta qué semana?

Puebla se une a la lista de los 13 estados que tienen aprobación legal del embarazo

Créditos: LSR/ Cuartoscuro
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En México el aborto está regulado bajo ciertos artículos por los Códigos Penales de diferentes entidades del país, los encargados de cambiar esta decisión son los Congresos locales, por lo que cada que hay una aprobación se desata una polémica sobre la aprobación legal del aborto.

En el país de las 33 entidades sólo 13 estados han legalizado la práctica del aborto, sin embargo, el debate empieza cuando en las diferentes entidades hay ciertas condiciones o situaciones que se ponen antes de dar pie a la interrupción del embarazo.

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Las entidades que actualmente tienen aprobada la interrupción legal del embarazo hasta la semana 12 son:

  1. Ciudad de México
  2. Oaxaca
  3. Veracruz
  4. Hidalgo
  5. Baja California
  6. Colima
  7. Guerrero
  8. Baja California Sur
  9. Quintana Roo
  10. Aguascalientes
  11. Jalisco
  12. Puebla (aprobación más reciente, 15 de julio del 2024)
  13. Sinaloa (es la única entidad que lo permite hasta la semana 13)

Después de estas semanas de gestación también se puede solicitar un aborto, pero en situaciones específicas o causales previstas expresamente en las leyes penales. Es importante precisar que en todo México sí se puede realizar un aborto, pero la causa para que se pueda realizar un aborto es por una violación.

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En México las leyes reconocen 11 causales que reconoce las leyes mexicanas:

  • Violación: Esta causal esta disponible en cualquiera de los 33 estados de México.
  • Cuando la vida de la mujer corre peligro: Disponible en 25 estados de la república, aún cuando este peligro no sea inmediato.
  • Cuando exista probabilidad de que la salud (física, psicológica o social) de la persona embarazada pueda verse afectada por el embarazo.
  • Cuando el producto tiene malformaciones graves disponible en 19 entidades, esto se decide tras un diagnóstico médico.
  • Embarazo producto por una inseminación artificial no consentida, disponible en 17 estados, la atención debe ser inmediata.
  • Cuando el embarazo es producto de estupro, es decir, cuando la persona es menor de edad, pero mayor de quince años al momento de la relación sexual, y su consentimiento se obtuvo por medio de seducción o engaño.
  • Por causas económicas graves causal vigente en Michoacán y Yucatán.
  • Cuando la persona embarazada no pudo identificar el embarazo desde sus inicios a causa de un trastorno ginecológico.
  • Cuando una autoridad hubiese negado previamente la posibilidad de interrumpir el embarazo en las primeras doce semanas de gestación.
  • Cuando, en la prestación de los servicios,?el personal médico o de enfermería hubiese omitido informarle correcta y oportunamente a la persona gestante de su derecho a interrumpir su embarazo.
  • Cuando el aborto es consecuencia de un acto no intencional (imprudencial o culposo).

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