Tuxtla Gutiérrez.- Con 31 votos a favor, 4 abstenciones y uno en contra, el Congreso del Estado aprobó, en sesión de este martes, las reformas al Código Penal que eliminan las sanciones para las mujeres que decidan practicarse un legrado antes de las 12 semanas de gestación.
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Con este paso, Chiapas se convirtió en la entidad número 19 en despenalizar el aborto, es decir que, entre los beneficios, se cambia la pena a personas que aborten en tratamiento en libertad, se quita la frase que obstaculiza el acceso a una práctica de ese tipo por violación a niñas y adolescentes.
Entre las causales, explica Ninde MolRe, especialista en este tipo de tópicos, se destacan la violación e inseminación artificial no consentida, peligro de muerte con requerimiento de dos médicos, alteraciones genéticas con requerimiento de médico especialista y consentimiento de la persona que necesita el aborto.
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“No se incluyó la causal salud, pero la Suprema Corte de Justicia de la Nación dijo que es un derecho fundamental acceder a un aborto, y no importa si el Código lo reconoce o no”.
Paso a paso
En la pasada sesión, se dio a conocer que 104 de los 124 ayuntamientos de la geografía chiapaneca aprobaron los cambios en materia de derechos de las mujeres y de las personas gestantes.
En la sesión del 19 de noviembre, la LXIX Legislatura local aprobó el dictamen emitido por las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y la de Salud, sobre los derechos de las mujeres y personas gestantes.
Es decir, ya se había dado un paso importante, pues 33 legisladores estuvieron a favor de que se diera la despenalización; sólo uno estuvo en contra.
Sobre el tema, las diputadas Marcela Castillo y Elvira Catalina Aguiar coincidieron, en ese entonces, que la Constitución, sin duda, se abre a las grandes demandas y que, por supuesto, no tomarían estos temas a la ligera.
Además, resaltaron que el hecho de aprobar la interrupción del embarazo sin que la mujer sea juzgada no significa una invitación a que todas aborten, pero sí están a favor de que tengan la libertad de decidir sobre sus cuerpos, su futuro y desarrollo de vida.
Como se sabe, el delito de aborto estaba contemplado en el artículo 178 del mencionado Código Penal.
Así empezó a ver la luz
El 2 de mayo de 2023, los diputados de la LXVIII Legislatura le “dieron luz verde” a reformas al Código Penal estatal, lo que se calificó como un paso positivo porque ya se permitiría suspender el embarazo cuando ésta sea producto de una violación, o que la madre peligre de muerte o, en su caso, el producto o feto sufra alteraciones genéticas o congénitas.
Sin embargo, el pasado 8 de noviembre, la SCJN obligó a la actual legislatura chiapaneca (mayoría morenista) a reformar el Código Penal en su totalidad, y no como se planteó el año pasado, al considerar que, así como estaba, se violaban los derechos humanos de las personas gestantes porque no podían decidir al 100 por ciento sobre su propio cuerpo.
En sí, esta decisión se tomó durante una sesión en la que se discutió una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para invalidar el artículo 181 del Código Penal chiapaneco.
VGB