Una semana después de la aprobación del acuerdo sobre paridad en gubernaturas por parte del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), donde se establece la obligación para los partidos políticos de postular al menos a cinco mujeres en nueve de los cargos de gobernadores en disputa, el Movimiento Ciudadano presentó una impugnación.
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A través de su cuenta de 'X', el diputado Hamlet Almaguer señaló que en su demanda el MC argumenta que la paridad sólo se aplica a candidaturas municipales y no a gubernaturas.
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"Movimiento Ciudadano impugnó el Acuerdo del INE que obliga a los partidos políticos a postular 5 mujeres a las gubernaturas. Dice MC en su demanda (p.48) que la paridad sólo aplica para candidaturas municipales y no para gubernaturas. Saben que si el acuerdo del INE sobrevive tendrían que postular mujer en Jalisco por competitividad".
El partido Movimiento Ciudadano, liderado a nivel nacional por el senador Dante Delgado, presentó una impugnación ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en contra del acuerdo INE/CG569-2023.
Este recurso fue presentado por el representante de Movimiento Ciudadano ante el INE, Juan Miguel Castro Rendón, quien argumentó que se está vulnerando la legalidad electoral y la certeza jurídica, así como una interpretación incorrecta de al menos dos artículos de la Constitución.
Dentro de uno de los argumentos que presenta el representante emecista se señala una vulneración a la autoorganización y autodeterminación partidista, esto último ante la imposibilidad de postular a los perfiles que destaquen en cada una de las entidades.
Y es que si este acuerdo se mantiene firme, Pablo Lemus, alcalde de Guadalajara, no podría contender por la gubernatura de Jalisco pese a ser el perfil más popular de Movimiento Ciudadano en la entidad debido a las restricciones impuestas por el acuerdo.
Por otro lado, el documento también señala que se vulnera el principio de cosa juzgada, ya que no se puede “entablar un ulterior proceso cuyo objeto sea idéntico a otro anterior con el que se tenga identidad de causa, sujetos y objeto”.
En cuanto a los artículos de la Constitución que se consideran interpretados incorrectamente por el Consejo General del INE, se mencionan el artículo 35, que trata sobre los derechos de la ciudadanía para votar y ser votada en condiciones de paridad para todos los cargos de elección popular, y el artículo 41, que establece cómo el pueblo ejerce su soberanía a través de los Poderes de la Unión y los estados, incluyendo la Ciudad de México.