CARO QUINTERO

Revés para Caro Quintero, pierde 5 propiedades reclamadas por EU

Las propiedades se encuentran en Zapopan, Jalisco, de acuerdo con la información aportada por el gobierno de Estados Unidos

Las propiedades se encuentran en Zapopan, Jalisco, de acuerdo con la información aportada por el gobierno de Estados Unidos
Rafael Caro Quintero.Las propiedades se encuentran en Zapopan, Jalisco, de acuerdo con la información aportada por el gobierno de Estados UnidosCréditos: CUARTOSCURO
Escrito en ESTADOS el

GUADALAJARA.- Cinco inmuebles de Rafael Caro Quintero, "El Narco de Narcos", fueron entregados a la Fiscalía General de la República (FGR) a través de la figura de extinción de dominio.

Las propiedades de Caro Quintero se ubican en:

  • Calle Paseo de los Virreyes, 4283, Lot 21, Manzana 41, Fraccionamiento Villa Universitaria, Zapopan, Jalisco
  • Avenida Melchor Ocampo, 468 Bodega (Local) 21, Fraccionamiento Mercado de Abastos Norte, Mercado el Campesino, Zapopan
  • Sagitario 5289-8, Condominio Sagitario, Fraccionamiento Residencial Arboledas, Zapopan
  • Sagitario 5289-9, Condominio Sagitario, Fraccionamiento Residencial Arboledas, Zapopan
  • Luigi Pirandello 5397, Lote 29B, Manzana 145, Fraccionamiento Vallarta Universidad, Zapopan

"La Fiscalía General de la República, a través de la Unidad Especializada en Materia de Extinción de Dominio (UEMED), dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional (FECOR), obtuvo sentencia favorable en la que se declaró procedente el ejercicio de la acción de extinción de dominio a favor del gobierno federal sobre cinco inmuebles ubicados en Zapopan, Jalisco".

La extinción de dominio de las cinco propiedades ubicadas en Zapopan, Jalisco, la obtuvo la FGR luego de que, el 25 de octubre de 2019, se presentó ante la Dirección General de Procedimientos Internacionales una petición del Director de la División Penal del Departamento de Justicia de los Estados Unidos, de asistencia jurídica internacional para el decomiso de inmuebles.

"Respecto de los cuales se demandó la extinción de dominio en la Corte de Distrito Este de Nueva York, toda vez que fueron adquiridos con recursos procedentes de la venta de narcóticos. Dicha solicitud consistía en que se diera publicidad a la demanda de extinción de dominio; se realizara notificación a los demandados; se tomaran las medidas necesarias para preservar los bienes asegurados y en su momento, en términos de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ejercitara la acción de extinción de dominio respecto de cinco inmuebles".

La petición que fue hecha por un Tribunal de Distrito de Estados Unidos, menciona "que buscará el decomiso de acuerdo con el Título 21, Código de los Estados Unidos, Sección 853, que establece que cualquier persona condenada por el delito de narcotráfico se confiscará cualquier propiedad que derive de cualquier producto obtenido directa o indirectamente como resultado de dicho delito".

Según la petición, Caro Quintero dirigía una red encargada de la fabricación e importación de estupefacientes, específicamente de toneladas de heroína, metanfetamina y marihuana, de México hacia Estados Unidos y otros países.

"Caro Quintero también fue responsable del envío de cantidades de varias toneladas de cocaína desde América del Sur, a través de América Central y México hasta los Estados Unidos. La gran mayoría de la droga traficada por Caro Quintero fue exportada a los Estados Unidos, donde se consumía la droga. Caro Quintero usó la corrupción como medio y método para lograr sus fines".

A partir de los datos de prueba obtenidos y las investigaciones realizadas, una jueza de Distrito en la Ciudad de México determinó la extinción de dominio.

 

"Al advertirse que se reunían los elementos constitucionales y reglamentarios para ejercer la acción de extinción de dominio, se dio vista a la UEMED. En ese contexto, agotado el procedimiento jurisdiccional en todas sus etapas, la Jueza Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles del Primer Circuito con sede en la Ciudad de México, dictó sentencia favorable mediante juicio oral, declarando judicialmente la extinción de dominio de los cinco bienes inmuebles, propiedad de Rafael "C", a favor del Estado, afectando así las finanzas de la delincuencia organizada”.

 

 

 

rst