APOYOS SOCIALES PARA ADULTOS MAYORES

Pensión del Bienestar: los requisitos para solicitar el apoyo único de 3,100 pesos

Las pensiones para el Bienestar otorgan un pago de marcha en caso de fallecimiento, aquí te decimos qué es y cómo puedes solicitarlo

pago de marcha.Las pensiones para el Bienestar otorgan un pago de marcha en caso de fallecimiento y aquí te decimos cómo se solicita Créditos: LSR/ Istock
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De acuerdo con las reglas de operación de la pensión para el Bienestar de los adultos mayores, los familiares o representantes de una persona beneficiaria fallecida tienen derecho a recibir el Pago de Marcha: un apoyo económico único de 3,100 pesos, destinado a mitigar los gastos inmediatos tras el deceso.

Este beneficio económico se otorga exclusivamente a la persona registrada como representante o adulto auxiliar en el padrón del programa. Si no existe tal registro, el Comité Técnico puede autorizarlo sólo en circunstancias especiales. Es indispensable notificar el fallecimiento de inmediato a la Línea de Bienestar, ya que para recibir el apoyo el auxiliar no debe haber cobrado ningún pago posterior a la fecha de muerte del titular.

La Secretaría de Bienestar dará dar de baja al beneficiario para evitar el cobro indebido, ya que hacerlo constituye un delito. El representante o auxiliar debe ser designado desde la inscripción al programa; en el caso de beneficiarios con discapacidad, la designación corresponde a padres o tutores legales.

Hay un apoyo económico que se entrega a la persona que fue registrada como auxiliar de quien recibía la pensión

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¿De cuánto es el pago de marcha?

  • Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores – 3,100 pesos
  • Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad –1,600 pesos
  • Pensión Mujeres Bienestar – 1,500 pesos

Este respaldo económico, que solo se otorga una vez, busca garantizar que las familias puedan afrontar los gastos inmediatos tras la pérdida de su familiar, pero es importante respetar los procesos establecidos y los derechos de los beneficiarios.

¿Cómo notificar el fallecimiento de un beneficiario?

Para solicitar el pago de marcha, la persona auxiliar del beneficiario fallecido debe notificar el deceso en la Línea del Bienestar, al número 800 639 42 64, en un horario de 8:00 am a 9:00 pm de lunes a viernes y de 9:00 am a 7:00 pm en fines de semana y días de asueto.

  • En la llamada se le pedirán sus datos personales, así como los del derechohabiente fallecido. Entre los datos que se piden están algunos que vienen en el acta de defunción o constancia médica de fallecimiento emitida por alguna institución pública, por lo que es importante tenerla a la mano.
  • En la misma llamada se le darán a las persona auxiliar las instrucciones a seguir para recibir el pago de marcha.
  • La notificación debe hacerse dentro de los dos bimestres siguientes al fallecimiento; si no se hace en ese plazo, se pierde el derecho al apoyo.
  • Luego del trámite correspondiente, el pago se emitirá al siguiente bimestre.

¿Cómo registrar a una persona auxiliar?

Si tú recibes alguna de las pensiones del gobierno federal y aún no tienes registrada a ninguna persona auxiliar, recuerda que puedes dar de alta a quien tú desees, sea familiar tuyo o no.

Tú o quien quede registrada como auxiliar debe llamar a la Línea del Bienestar y deberás proporcionar la siguiente información de ambas personas:

  • CURP
  • Direcciones de domicilios
  • Claves de elector
  • Números de contacto

¡Ojo! Tener registrada a una persona auxiliar sirve para que ésta puede acudir en representación del derechohabiente a realizar cualquier trámite relacionado con la pensión que recibe y sólo ella recibirá el pago de marcha en caso de fallecimiento.

 


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