Abril es el mes de la declaración anual para personas físicas y es una oportunidad para aprovechar los beneficios fiscales, y tratar de obtener un saldo a favor e impulsar significativamente tu economía personal. Para ello, es importante que tomes en cuenta que los gastos que puedes deducir son honorarios médicos y dentales, gastos hospitalarios, medicamentos necesarios con receta médica, transporte escolar de hijos en escuelas privadas y el pago de colegiaturas.
Además, también podrás deducir las aportaciones que hagas a tu cuenta de Afore en XXI Banorte, o cualquier otra Afore, como el Ahorro Voluntario y las Aportaciones Complementarias de Retiro, las cuales son totalmente independientes de las deducciones personales que realices, por lo que obtendrás doble beneficio al obtener otro saldo adicional a favor.
De acuerdo con David Razú Aznar, director general de Afore XXI Banorte: "las aportaciones complementarias y el Ahorro Voluntario en una Afore representan una estrategia integral para mejorar la situación financiera de las y los trabajadores en México. No solo facilitan una jubilación más holgada, sino que también ofrecen beneficios fiscales inmediatos en la declaración anual de las personas físicas".
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Contexto: ¿Qué son las aportaciones voluntarias?
El ahorro voluntario es el ahorro adicional que realizas a tu cuenta individual de Afore y que, dependiendo de tus objetivos y prioridades, puede servirte para un gasto o inversión futura o bien, para aumentar el monto de tu pensión. Obtén mejores rendimientos con la seguridad que tus aportaciones se están realizando correctamente y conoce las diversas formas de hacer este tipo de ahorro.
De acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), el monto de las aportaciones deducibles es hasta el 10% del ingreso acumulable.
El máximo a deducir no puede superar el 15% de todas las deducciones personales combinadas con otros conceptos como donaciones o gastos médicos, en el caso de los depósitos en cuentas especiales para el ahorro. El beneficio fiscal no aplica si retiras tus Aportaciones Voluntarias antes de 5 años.
¿Cómo sacarle jugo a tus aportaciones voluntarias con el SAT?
El ahorro voluntario y las aportaciones complementarias de retiro, que hagas serán deducibles de impuestos con base en los límites y criterios establecidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT):
- Destino de los fondos: Deben permanecer invertidos hasta los 65 años o más, o en su caso, podrán retirarse en casos de invalidez o por incapacidad para realizar trabajos personales remunerados, de conformidad con las leyes de seguridad social.
- Registro ante el SAT: La aportación debe realizarse a un plan de pensiones o una cuenta de retiro (Afore o institución financiera) registrada ante el SAT.
- Límite de deducción: Es posible deducir hasta el 10% de los ingresos anuales del trabajador (ingreso acumulable), con un tope máximo equivalente a cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales; en 2024, esto equivalía a 207,616.80 pesos.
- Comprobante fiscal: Contar con un CFDI (factura electrónica), emitida por la institución financiera donde se realizó la aportación.
De tal manera, las devoluciones que obtengas tras presentar tu declaración anual ante el SAT son una excelente oportunidad para aumentar tu pensión. Te recomendamos considerar la opción de reinvertir esos saldos a favor en tu cuenta de Afore. De esta manera, no solo estarás mejorando tu situación financiera presente, sino también asegurando un futuro más cómodo y estable al momento de tu jubilación.
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