El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) el régimen fiscal del SAT está enfocado en las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) como tienditas, papelerías y otros negocios, y ofrece facilidades para los nuevos y actuales emprendedores, principalmente los que están registrados como personas físicas, pero también aplica para las personas morales. El RESICO está dirigido a las personas físicas que realizan actividades empresariales, servicios profesionales y actividades primarias con ingresos que no superen los 3.5 millones de pesos al año y las personas morales también pueden acogerse a este nuevo régimen fiscal siempre y cuando los ingresos no superen los 35 millones de pesos.
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Como parte de las facilidades y la simplificación de trámites, las personas físicas cuyas obligaciones fiscales fueron actualizadas por la autoridad tributaria a un régimen distinto y cuyos ingresos del año inmediato anterior no superaron los 3.5 millones de pesos, tienen la opción de volver a contribuir en el RESICO a partir del 1 de enero de 2025, para lo cual es necesario presentar un Aviso de actualización de actividades económicas a más tardar el 31 de enero de 2025.
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De acuerdo con el RESICO tiene como objetivo facilitar el pago del impuesto sobre la renta (ISR) y ofrece los siguientes beneficios:
- Cálculo automático de impuestos.
- Facilidades administrativas.
- Tasas mínimas del ISR.
El Régimen Simplificado de Confianza es una opción atractiva para pequeños negocios como tienditas de abarrotes, papelerías plomeros, maestros, fruterías, farmacias y profesionistas quienes ahora pueden tributar con tasas preferenciales de entre el 1% y el 2.5%, dependiendo de sus ingresos anuales.
¿Quiénes no pueden participar?
Los contribuyentes que no pueden beneficiarse del programa son estos:
- Quienes participaron en programas de condonación de impuestos lanzados en 2000, 2007 y 2013.
- Contribuyentes con sentencias por delitos fiscales o uso de facturas falsas.