La Pensión del Bienestar es uno de los programas insignia del gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador y está dirigido a personas de la tercera edad. Los beneficiarios del programa social deben conocer sus obligaciones ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para después no tener ningún tipo de complicación.
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De acuerdo a las normativas vigentes, la Pensión del Bienestar es un programa social y no un ingreso derivado de actividades económicas por las que alguien recibe dinero, es por ello que están exentos de pagar impuestos.
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Cuando obtengas ingresos en México por cualquiera de los siguientes conceptos se debe pagar ISR:
Salarios; honorarios; remuneraciones a miembros de consejos, administradores, comisarios y gerentes; arrendamiento de inmuebles y muebles; contratos de servicio turístico de tiempo compartido; enajenación de acciones; arrendamiento financiero; regalías, asistencia técnica y publicidad.
Adultos mayores recibirán pago en septiembre
Si eres derechohabiente o beneficiario de las pensiones para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores o de las Personas con Discapacidad, o bien del Programa de Apoyo para el Bienestar de Niñas y Niños Hijos de Madres Trabajadoras, recibirás tu pago bimestral a partir de este 2 de septiembre y hasta el 21, de acuerdo con la primera letra de tu primer apellido.
El pago es el correspondiente al bimestre septiembre-octubre y se hará directamente a tu tarjeta del Banco de Bienestar.
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Este año, la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores entrega a cada derechohabiente 6,000 pesos bimestrales, la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad da un apoyo económico bimestral de 3,100 pesos y el Programa para el Bienestar de Niñas y Niños Hijos de Madres Trabajadoras otorga montos que van de los 1,600 a los 3,600 pesos bimestrales.
¿Pensión Bienestar paga impuestos?
Todas los adultos mayores de 65 años y más que son beneficiarias del programa social de la Pensión para el Bienestar -que además también entran las pensiones del IMSS e ISSSTE solamente deberán pagar impuestos al SAT por estos últimos ingresos en casos específicos.
De acuerdo con el SAT, los ingresos por jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social o las provenientes de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro prevista en la Ley del ISSSTE, están exentos del impuesto sobre la renta (ISR) hasta por un monto de 49,500 pesos en 2024.
En caso de que las pensiones sean mayores a dicha cantidad, el ISR se cubre únicamente por el monto que exceda a lo permitido.