¿Sabías que las vacaciones en el trabajo tienen fecha de caducidad? Por muy buen trabajador que quieras ser y verte casi como un héroe que no pide vacaciones, te tenemos una mala noticia: Los días de descanso no son acumulables indefinidamente y se pierden sin derecho a exigir un pago si no se toman en los plazos que marca la legislación laboral.
ÚNETE A NUESTRO CANAL DE WHATSAPP. EL PODER DE LA INFORMACIÓN EN LA PALMA DE TU MANO
Virginia Ríos Hernández, Integrante de la Comisión Técnica de investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México explicó a La Silla Rota que la ley contempla un periodo de seis meses para que las empresas concedan las vacaciones a sus empleados al cumplir un aniversario de trabajo. Después de ese periodo, los trabajadores tienen un año para tomar las vacaciones.
Te podría interesar
"Cualquier periodo vacacional con más de año y medio de antigüedad ya no es exigible"
De modo que las vacaciones en México tienen un plazo definido para ser tomadas y no pueden acumularse indefinidamente, por lo que es responsabilidad tanto del trabajador como del empleador conocer y respetar estos derechos laborales para mantener un ambiente de trabajo justo y equilibrado.
El pago que no puedes recibir
La contadora Virginia Ríos destacó: "las vacaciones son días de descanso con pago integro, pero lo que no se puede hacer es pagar las vacaciones".
Es decir, no puede ser sujeto de negociación que un trabajador no tome las vacaciones que le corresponden, a cambio de un pago, "es una práctica prohibida que la multa la Secretaría del Trabajo hasta con 2,500 UMAS, que serían más de 270,000 pesos.
ABC de las vacaciones
Virginia Ríos Hernández, contadora del Colegio de Contadores Públicos de México destacó:
- En cuanto un trabajador cumpla un año de contratación nace su derecho de días de vacaciones,
- Para calcular la prima vacacional correspondiente a cada trabajador, se toma en cuenta el salario diario del colaborador multiplicado por el número de días de vacaciones, y luego se aplica el 0.25% (correspondiente al porcentaje de la prima vacacional).
- No son días naturales si no hábiles
SÍGUENOS EN EL SHOWCASE DE LA SILLA ROTA DE GOOGLE NEWS