Al fallecer un trabajador, los beneficiarios pueden solicitar al IMSS el otorgamiento de la pensión conforme les corresponda. Y es que, los recursos que acumulaste en tu Afore durante toda tu vida laboral también pueden ser heredados en caso de fallecimiento, por lo que es importante que tengas actualizado tu expediente de identificación donde se establezcan a tus beneficiarios.
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En caso de que el dueño de la Cuenta Individual fallezca, la ley contempla que los recursos de la Cuenta Individual son heredables y las personas designadas para recibir los recursos, son llamadas beneficiarios.
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De acuerdo con la Ley del Seguro Social, los beneficiarios legales tienen derecho a una pensión y, por ende, a disponer de los recursos de la Cuenta Individual a manera de pensión o en una sola exhibición y son los siguientes:
- La viuda, o el viudo (si este último dependió económicamente de la trabajadora).
- Los hijos menores de 16 años (o mayores de 16 si no pueden mantenerse por su propio trabajo o están estudiando en planteles del sistema educativo nacional hasta los 25 años).
- A falta del cónyuge, la concubina, o el concubinario (si este último dependió económicamente de la trabajadora).
- A falta del cónyuge, hijos, concubina o concubinario, los beneficiarios legales serían cada uno de los ascendientes del trabajador si dependían económicamente de él.
Para poder reclamar la cuenta de Afore:
- Se deberá acudir a la Subdelegación del IMSS o de Prestaciones Económicas del ISSSTE, para que emita la resolución de pensión que corresponda.
- En caso de ser Beneficiario Sustituto, deberá acudir a la Junta o Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.
- Posteriormente deberá acudir a la Afore en la que se encontraba registrado el trabajador fallecido. Llenar el formato de Disposición de Recursos que le proporcionará la Administradora y presentar acta de defunción del titular de la cuenta, identificación oficial del fallecido y del solicitante, así como estado de cuenta de la Afore
Una vez procesada la solicitud, la Institución pondrá a disposición del beneficiario los recursos correspondientes en una sola exhibición.
¿Eres beneficiario de una cuenta individual?
Es importante que conozcas qué documentos debes presentar en la Afore para registrar la cuenta individual de un trabajador fallecido:
- Acta de nacimiento (en caso de hijos menores de edad)
- Acta de matrimonio, con una antigüedad no mayor a 6 meses (en caso de ser viuda o viudo)
- Resolución, concesión de pensión o laudo que declare la calidad de beneficiario o documento que acredite el concubinato.