¿Eres pensionado del IMSS y necesitas un préstamo? ¿Perteneces al Régimen de la Ley del Seguro Social de 1973?
Como pensionado por invalidez y vida (pensión definitiva), riesgos de trabajo (pensión definitiva), cesantía en edad avanzada y vejez, puedes solicitar al Instituto un préstamo a cuenta de pensión. Esto es, en caso de una emergencia económica, puedes solicitar un préstamo al IMSS, mismo que se descontará de tu pensión y que debes pagar en un tiempo no mayor a 1 año.
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Así que, pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) al amparo de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, pueden solicitar un préstamo a cuenta de pensión desde Internet. A través de “Tu Préstamo Fácil y Seguro”, las entidades financieras que tienen convenio con el Seguro Social, ofrecen préstamos mediante un simulador que le permite a la población pensionada, seleccionar quien les ofrece mejores condiciones desde su casa.
Con “Tu Préstamo Fácil y Seguro”, los pensionados al amparo de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997 (LSS 1973), podrán obtener un préstamo a cuenta de pensión de la siguiente manera: deben ingresar a www.imss.gob.mx/pensiones, conocer el importe del préstamo que ofrecen las entidades financieras y elegir aquella que le ofrezca las mejores condiciones. Posteriormente, la entidad financiera elegida por el pensionado lo contactará para que éste entregue y firme la documentación. Una vez aprobado el préstamo, éste se depositará en la misma cuenta bancaria donde se recibe la pensión.
¿Necesitas dinero?
De acuerdo con el IMSS, solo tienes que seguir los pasos siguientes:
- Ingresar a: www.imss.gob.mx/pensiones
- Registrar la solicitud de préstamo.
- Conocer el importe del préstamo y quién ofrece las mejores condiciones.
- Firmar y entregar la documentación a la Entidad Financiera.
- Recibir el préstamo en la cuenta bancaria donde se recibe la pensión.
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Lo que debes saber de este trámite
Debes tener una pensión bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973.
Tu pensión debe estar vigente.
Debes acreditar una antigüedad mínima de tres meses en el disfrute de la pensión.
En su caso, que hayan transcurrido tres meses del último descuento que finiquitó el préstamo anterior.
El descuento mensual con motivo del préstamo, considerando otros descuentos, no deberá ser mayor al 30% del monto mensual de la pensión.
El plazo del préstamo no deberá exceder de 60 (sesenta) meses.