IMPUESTOS

El SAT sorprende a contribuyentes del 22 y 26 de julio

A pesar que ya hay una variedad de trámites en línea, en algunos casos los contribuyentes sí deben ir a las oficinas del SAT

Escrito en DINERO el

Aunque todos los trámites que debes realizar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) son gratuitos hay algunos en los que los contribuyentes requieren sacar una cita para acudir a una oficina y realizarlos, así que si tienes una cita ante la autoridad fiscal esta semana, checa esto.

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Hoy en día y gracias a los avances tecnológicos y las actualizaciones en los servicios del SAT, el contribuyente puede gestionar diversos trámites desde el portal de Internet de la autoridad fiscal, de esta forma evita acudir a una oficina y esperar horas para ser atendido, adicionalmente ahorra tiempo al realizar cualquier requerimiento desde su casa u oficina.

Sin embargo, hay trámites de inicio que sí debes acudir en una oficina, pero qué pasa cuándo el SAT entra en periodo vacacional. Resulta que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que la atención presencial en los módulos y oficinas desconcentradas en las 32 entidades del país no se suspende en su periodo vacacional del 15 al 26 de julio de 2024, publicado en la primera versión anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF).

De esta manera, los contribuyentes que tengan citas durante ese periodo pueden acudir con normalidad, ya que la atención de trámites presenciales en las 55 oficinas desconcentradas y los módulos de servicios continua en el horario habitual: de lunes a jueves de 8:30 a 16:00 horas y viernes de 8:30 a 15:00 horas.

Trámites en línea

El SAT tiene atención remota por medios electrónicos y herramientas digitales para facilitar trámites como la inscripción al RFC, generación o renovación de contraseña y renovación de la e.firma, entre otros.

¡Ojo! Todos los trámites en el SAT son gratuitos con cita registrada en citas.sat.gob.mx

La inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y la generación de la firma electrónica (e.firma) son los dos únicos trámites en donde los contribuyentes sí deben de acudir presencialmente a una oficina del fisco.

Pero si el contribuyente ya cuenta con su e.firma y RFC puede realizar cualquier otro trámite, como la declaración anual, renovación de la firma electrónica, cambio de domicilio, entre otros, en el portal del SAT.

 

 

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