¿Tuviste que hacer horas extras en el trabajo? El pasado 7 de junio entraron en vigor nuevas sanciones que incluyen multas de hasta 5 millones de pesos y penas de cárcel de hasta 12 años para los empleadores que excedan las horas laborales establecidas por ley. La reforma que incluyó las jornadas de trabajo superiores a la ley como delito de explotación laboral ha generado algunas reacciones en torno a los tipos de horarios de trabajo que podrían caer en esta figura y, por lo tanto, castigados con cárcel.
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Los empleadores que obliguen a sus trabajadores a laborar más horas de las establecidas por la ley, podrán hacerse acreedores a multas de los 2,000 hasta los 5 millones de pesos o cárcel de hasta 12 años, en casos con agravantes. Estas disposiciones se establecieron a partir de una modificación a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas.
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Rolando Silva Briseño, integrante de la Comisión Técnica de Seguridad Social del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM) dijo a La Silla Rota que en el Diario Oficial de la Federación se detallan las sanciones en caso de que los empleadores obliguen a las personas a trabajar más de 48 horas y sin pagarles las horas extra, ya que se considera explotación laboral.
La modificación publicada en el Diario Oficial de la Federación incorpora la explotación laboral dentro de los alcances de la ley contra la trata de personas, además establece sanciones para los patrones que “otorguen a los trabajadores jornadas que vayan más allá de lo que prevé la ley“.
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¿Adiós horas extras?
Las horas extras siempre que sean trabajadas y pagadas conforme a lo que establece la Ley Federal del Trabajo sigue siendo válido, regulado y algo que pueden seguir llevando a cabo los empleadores y los trabajadores.
Sin embargo, en las horas extra de trabajo recae el primer impacto de la reforma a la legislación contra la trata de personas que amplió el delito de explotación laboral a los horarios extensos sin la compensación adecuada.
Silva Briceño dijo que se pueden hacer horas extras en caso de una emergencia o un caso extraordinario “se puede extender la jornada hasta por 3 horas en un día, por 3 días, esto es, siempre y cuando esto no rebase en más de tres ocasiones un famoso 9 horas de tolerancia”.
La Ley Federal del Trabajo define la jornada laboral con un límite general de ocho horas diarias y siete y media para jornadas nocturnas, aunque la ley permite excepciones en casos de emergencia que no pongan en riesgo la vida de los trabajadores, cualquier exceso debe ser remunerado adecuadamente.