A partir de este año, las personas que estén en trámite de pensión y que tengan 65 años o más, en caso de que el monto de pensión a recibir resulte inferior a su último salario, podrán solicitar o recibir un complemento para que ésta corresponda a 100% de sus últimos ingresos.
El subsidio económico que se da a los trabajadores es por el Fondo de Pensiones para el Bienestar para completar el monto de retiro que reciben los trabajadores y que se puede exigir desde el pasado 1 de julio.
¡Ojo! Recuerda que el monto a recibir durante la jubilación depende de las semanas cotizadas, el esquema de retiro y el régimen al que pertenecieron los trabajadores durante tu vida laboral
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El Fondo de Pensiones para el Bienestar se creó- durante la administración del expresidente Andrés Manuel López Obrador- con la finalidad de que los mexicanos tengan una pensión de 100% de su último salario, esto porque con el sistema de pensiones de las Afores la tasa de reemplazo, que es el porcentaje de pensión que recibirán las personas sobre su último salario, ronda entre 30 y 60%.
De esta forma los trabajadores, que desde el primero de mayo hayan iniciado el trámite de su pensión y ésta no corresponda al último salario que perciben, podrán ser beneficiarias del subsidio de pensión que contempla el Fondo.
Es decir, de ahí se tomarán recursos para complementar el monto de retiro que recibirá un trabajador, con la finalidad de que llegue a la totalidad de sus últimos ingresos, con un tope de hasta 16,777 pesos.
El fondo garantiza 100% del último salario de los trabajadores registrados en el IMSS e ISSSTE, y esto se logrará a través de un financiamiento que será el complemento solidario con recursos del Fondo de Pensiones para el Bienestar.
Por ejemplo, si tienes un sueldo de 10,000 pesos y al momento de jubilarte recibes sólo 60% de ese monto, con el subsidio tendrías la parte suplementaria de 40%; es decir, que si ganas 10,000 pesos y tu pensión, con base en los recursos acumulados en su Afore, resulta de 6,000 pesos, el fondo te subsidiará los 4,000 pesos restantes para que alcance de retiro 100% de sus últimos ingresos.
Pensión de cesantía en edad avanzada o vejez del IMSS
¿Tienes 60 años o más, fuiste asegurado y tienes cumplidas al menos 500 o 1,250 semanas de cotización (Ley del Seguro Social 1973 o 1997, respectivamente)? ¿Eres asegurado inscrito antes del 1 de julio de 1997 y tus derechos están vigentes? Puedes solicitar pensión de cesantía en edad avanzada a partir de los 60 años cumplidos, si tienes 65 años cumplidos o más podrás solicitar la pensión de vejez.
Los asegurados con cotizaciones anteriores al 1 de julio de 1997, podrán elegir entre los beneficios del esquema de pensiones de la Ley del Seguro Social de 1973 o los de la Ley del Seguro Social de 1997.
La principal diferencia entre pensión por Cesantía en Edad Avanzada y pensión por vejez radica en la edad en que se cumplen los requisitos que establece la Ley del Seguro Social, y se ve reflejado en el importe de pensión que percibirá. El porcentaje utilizado para calcular el importe de pensión de Cesantía en Edad Avanzada, se asigna dependiendo de la edad de la persona al momento de pensionarse.
- Edad Porcentaje de una Pensión de Vejez
- 60 años 75%
- 61 años 80%
- 62 años 85%
- 63 años 90%
- 64 años 95%
- 64 años, 6 meses más 1 día 100%
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