BANCOS MÉXICO

¿Qué pasará con los bancos en México este 18 de marzo de 2024?

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores dijo que los almacenes generales de depósito y casas de cambio podrán abrir sus puertas, operar y prestar servicios al público todos los días del año, aquí te contamos que pasará con los bancos

Créditos: Cuartoscuro/LSR
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Aquellos ciudadanos que planeen realizar alguna transacción el lunes 18 de marzo a través de las sucursales bancarias en México deberán prestar atención a esta información, pues la Comisión Nacional Bancaria y de Valores dio a conocer la disposición que tendrán que realizar todos los bancos, por lo cual aquí te contamos qué pasará con las sucursales bancarias este 18 de marzo.

En este sentido, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores compartió las disposiciones de carácter general que señalan los días del año 2024 en los cuales los bancos sujetos a esta comisión deberán cerrar sus puertas y suspender operaciones, por lo cual los bancos en México, por lo cual destacó que el lunes 18 de marzo no habrá servicio en los bancos.

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De tal manera, detalló que las instituciones bancarias deben cerrar sus puertas el tercer lunes de marzo de 2024, en conmemoración del día 21 del mismo mes por el natalicio de Benito Juárez. En tanto, recordó que este lunes 18 de marzo los bancos deberán cerrar sus puertas, así como suspender operaciones y la prestación de servicios al público en la República Mexicana.

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Aunado a esto, mencionó que los almacenes generales de depósito y casas de cambio podrán abrir sus puertas, operar y prestar servicios al público todos los días del año 2024, siempre que se ajusten a las presentes disposiciones.

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Foto Ilustrativa: LSR

¿El 18 de marzo es un día de descanso obligatorio?

El lunes 18 de marzo será el primer puente que aguarda este mes debido a la conmemoración del natalicio de Benito Juárez, pese a que es el jueves 21, las autoridades decidieron recorrerlo al lunes 18, es decir, al tercer lunes del mes con la intención de que se pueda aplicar el puente de fin de semana.

De tal manera, este puente se aplica para los trabajadores, sin embargo, aunque es día de descanso obligatorio, según la Ley Federal del Trabajo, las y los trabajadores que asistan a trabajar por así convenir a su patrón, deberán recibir el pago de su día normal más el doble de este por el servicio prestado.

Lo anterior, con fundamento en el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, el cual señala que los trabajadores y os patrones deben determinar en común acuerdo el número de trabajadores que deben prestar sus servicios.

Foto Ilustrativa: LSR

BV