AFORE

¿Quiénes son los beneficiarios legales de tu Afore?

Recuerda que si falleces, el dinero de tu Afore puede ser entregado a tus beneficiarios legales de manera de pensión o en una sola exhibición

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Lo más importante para ti es tu seguridad y la de tu familia, por ello, debes tener presente que los recursos que acumulaste en tu Afore durante tu vida laboral también pueden ser heredados en caso de fallecimiento, por lo que es importante que tengas actualizado tu expediente de identificación donde se establece quienes serán tus beneficiarios de Afore y que tengas actualizada la información de cada uno de ellos, pues gracias a este beneficio de tu administradora podrás asegurarles un patrimonio incluso en el momento más difícil. 

Los beneficiarios de Afore son aquellos que tendrán el derecho de reclamar los recursos de tu cuenta en caso de que fallezcas.

Existen dos tipos de beneficiarios de Afore: los legales y los sustitutos. Aunque ambos tienen el derecho a cobrar los recursos de tu cuenta individual en caso de que faltes, la diferencia radica en que únicamente los legales podrán solicitar una pensión.

Checa tus beneficiarios

Beneficiarios Legales: Son personas con relación directa al trabajador, son designadas como beneficiarios por el mismo Seguro Social:

  • El esposo(a) o viudo(a) que dependía económicamente del trabajador fallecido.
  • Hijos menores de 16 años, o menores de 25 años que no pueden mantenerse con trabajo propio o están estudiando en instituciones del sistema nacional de educación.
  • Los padres, si vivían con el trabajador.
  • Concubina o concubinario si dependía económicamente del trabajador fallecido.

Para dar de alta a tus beneficiarios legales es necesario acudir a la Subdelegación del IMSS donde está inscrito el trabajador con los siguientes documentos:

  • Identificación oficial vigente.
  • Número de Seguridad Social.
  • CURP.
  • Fotografía Infantil.
  • Comprobante de domicilio no mayor a tres meses.
  • Acta de matrimonio.

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Beneficiarios Sustitutos: Los beneficiarios sustitutos pueden recibir recursos de la cuenta individual de un trabajador, esto siempre y cuando no existan beneficiarios legales. Los individuos que participan como sustitutos, no tienen que ser necesariamente familiares directos del trabajador.

El titular de la cuenta individual puede elegir hasta 5 beneficiarios de Afore y otorgarles un porcentaje, y podrá modificar su decisión cuantas veces quiera. Estos son dados de alta en tu Expediente Electrónico.