Si trabajas de manera independiente o estás pensando en dar una oportunidad al emprendimiento laboral, es necesario saber qué es el pago definitivo bimestral del RIF, cómo hacerlo y en qué plazos.
Toda aquella persona que tributa en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) está en la obligación de realizar pagos bimestrales, considerados como definitivos. Para llevar al día las obligaciones fiscales que nos corresponden es necesario llevar un buen control sobre nuestra contabilidad.
Toma en cuenta que deberás declarar el total de los gastos facturados. Puesto que el RIF es la manera que tiene el SAT de incorporar a todas aquellas personas que forman parte de una económica informal sin declarar sus ingresos.
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De esta manera, con toda esa información se efectúa el cálculo para conocer la base del impuesto y se aplicará la tarifa bimestral que corresponda, dando lugar a la declaración y línea de captura para cumplir el pago.
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¿Qué es el RIF en el SAT?
Para incrementar la base contributiva, así como la eficiencia económica y social, las autoridades tributarias han implementado regímenes fiscales como el RIF y Resico.
En el Régimen de Incorporación Fiscal se encuentran los contribuyentes que realizan actividades empresariales, venden bienes o prestan servicios (que para su realización no requieren título profesional), siempre que el total de sus ingresos no exceda los dos millones de pesos.
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Ejemplo de actividades empresariales: fondas, misceláneas, salones de belleza, refaccionarias, talleres mecánicos, tintorerías, carnicerías, papelerías, fruterías, ente otras.
Este régimen no establece un límite de ingresos y es para aquellas personas que realicen actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas.
Aviso importante
Si aún tributas en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) durante el mes de noviembre debes presentar tu declaración bimestral septiembre-octubre 2024 del ISR, IVA, y en su caso IEPS.
De acuerdo con la Prodecon, si tienes trabajadores, también deberás presentar la declaración de retenciones de ISR por salarios. Toma en cuenta que, como el último día de noviembre es sábado, estas declaraciones las podrás presentar el 2 de diciembre de 2024.