Las personas físicas que desde el 2022 están pagando impuestos en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) deberán de contar con la firma electrónica (e.firma) y Buzón Tributario, con medios de contacto actualizados, a partir del 1 de julio de 2023.
En caso de no contar con la firma electrónica, el SAT asignará al contribuyente en el régimen fiscal que corresponda con su actividad, ya sea empresarial, de arrendamiento u honorarios, de acuerdo con información de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).
Esto es, de acuerdo con el SAT, las personas físicas que han elegido la opción de tributar en el Régimen Simplificado de Confianza, de acuerdo con el artículo 113-G fracción II de la Ley del ISR, tienen la obligación de contar con firma electrónica avanzada y buzón tributario activo.
El contribuyente que no cumpla con esta obligación no podrá continuar tributando en el RESICO y el SAT podrá cambiarlo de Régimen.
"Si eres RESICO y no tienes tu e.firma, es muy importante que la tramites a la brevedad"
4 trámites para los que es obligatorio la e.firma
La e.firma, o firma electrónica, es un archivo digital que sirve para identificarte al momento de realizar trámites en línea, y consta de varios elementos de seguridad para poder garantizar la confianza del usuario.
¿Para qué sirve?
Para firmar documentos y solicitudes de forma electrónica, garantizando la identidad del usuario y la integridad de los documentos, tiene la misma validez jurídica que una firma autógrafa y ha ayudando a reducir los tiempos para realizar un trámite.
Algunos de los usos para esta firma electrónica es para servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social, avisos aduanales, permisos de importación, presentar declaraciones, como método de autentificación ante el SAT y para algunas solicitudes como la de tu cédula profesional.
En caso de ser contribuyente que expide comprobantes o presenta declaraciones periódicas, tienes la obligación de solicitar este documento electrónico.
Los trámites:
1.-Declaraciones anuales
2.-Trámite de cambio de domicilio fiscal
3.-Factura letrónca
4.-Trámite de cédula profesional
La multa de hasta 2 millones de pesos a la que puedes ser acreedor
Hay contribuyentes obligados a activar el Buzón Tributario, de lo contrario podrán recibir una multa mayor a 10,000 pesos, así como si eres persona física y en 2022 comenzaste a tributar en el RESICO y no activas tu Buzón Tributario a más tardar el 31 de marzo de 2023, el SAT podría sacarte del régimen sin posibilidad de volver a tributar en él.