¿Te ha pasado que sacas dinero en efectivo de una cuenta de banco para pagar lo que debes de la tarjeta de crédito que tienes en otra institución financiera? Esto hay quien lo hace para que no le cobren intereses o recargos; sin embargo, hacerlo puede meterte en problemas porque si el SAT lo revisa no vas a poder demostrar que el dinero que sacaste de una de sus cuentas fue el mismo que utilizó para pagar la deuda de la tarjeta de crédito. Es decir, aunque sea un ingreso por el que se pagaron impuestos, la autoridad puede suponer lo contrario.
Además, las personas físicas pueden ser objeto del procedimiento de discrepancia fiscal del SAT. Esto sucederá cuando el monto de las erogaciones o gastos del contribuyente en un año sean superior a sus ingresos declarados. Esto lo establece el Artículo 91, párrafos primero y séptimo, fracciones I y II, de la Ley del ISR.
Se consideran erogaciones los gastos, las adquisiciones de bienes, los depósitos en cuentas bancarias y de inversión, y los pagos de tarjetas de crédito.
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Para determinar el monto de las erogaciones, la autoridad fiscal podrá utilizar cualquier información que obre en su poder, ya sea porque conste en sus expedientes, documentos o bases de datos, o porque haya sido proporcionada por un tercero u otra autoridad.
Errores que te ponen en la mira del SAT
- Prestar tus tarjetas
- Recibir depósitos en efectivo y no declararlos
- Pedir factura de absolutamente todo
De acuerdo con Pamela Castro, contadora especialista en impuestos y fundadora de Cooltura Fiscal:
1. Nunca es recomendable que prestes tus tarjetas ya que podrías caer en el supuesto de discrepancia fiscal, que es cuando tus gastos e inversiones del año son mayores a tus ingresos declarados. Además, lo más recomendable es pagar tus tarjetas de crédito con transferencia y nunca en efectivo para evitar que la autoridad te presuma dichos depósitos como ingresos extraordinarios y te quiera cobrar impuestos adicionales por ello.
2.- Recuerda que al ser residente en México, estás obligado a declarar y pagar el ISR de todos tus ingresos independientemente de donde provengan y de la forma en que te hayan pagado (transferencia, tarjeta, cheque, efectivo, etc) Para saber cómo declarar tus ingresos y cuáles y cuántos impuestos deberás pagar, hay que analizar el origen y naturaleza de tus operaciones.
3.- Te recomiendo sólo solicitar CFDI de aquellas compras, gastos o inversiones que cumplan con los requisitos para considerarlas como deducciones autorizadas o personales para tus declaraciones de impuestos. No todas las personas pueden hacer deducibles sus compras, depende del régimen fiscal en que estén tributando.
"Si tu régimen fiscal no te permite hacer deducciones personales o autorizadas o acreditarte ese IVA, realmente no te sirve de nada solicitarlas. Además esta práctica se vuelve un foco rojo para el SAT cuando no estás declarando todos tus ingresos o estas pidiendo facturas de cosas que no tienen que ver con el giro de la actividad/es que diste de alta ante el SAT"