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SAT presenta lista de tasas efectivas 2023: ¿qué son y cómo funcionan?

El SAT ya presentó las dos listas de tasas efectivas de ISR y aquí te las damos a conocer completas, porque si eres parte de los grandes contribuyentes esta información te interesa

Las tasas efectivas no aplican para todos, y según el SAT, buscan incentivar el cumplimiento voluntario de los “grandes contribuyentes”.
Las tasas efectivas no aplican para todos, y según el SAT, buscan incentivar el cumplimiento voluntario de los “grandes contribuyentes”.Créditos: Especial
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Mucho se ha hablado de las dudas que surgen año con año respecto a la declaración anual, sin embargo, es una realidad que todos los temas relacionados a tus obligaciones fiscales representan un dolor de cabeza si es que no tienes todo en orden, por ejemplo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) presentó las listas de tasas efectivas de Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente a los ejercicios de 2020 y 2021 de grandes contribuyentes, pero ¿qué son las tasas efectivas? ¿cómo funcionan? y ¿quiénes son los grandes contribuyentes?

Puede ser que desde hace varios años seas ya un contribuyente, pero eso no quiere decir que conozcas todas las obligaciones fiscales con las que debes de cumplir, tampoco significa que sepas todos los términos que utiliza el SAT, como es el caso de las tasas efectivas, mismas que presentó hace unos días en una primera lista y recientemente presentó la segunda lista donde se contemplan cinco sectores económicos:

  1. Servicios financieros y de seguros.
  2. Comercio al por mayor.
  3. Comercio al por menor.
  4. Industrias manufactureras.
  5. Minería.

Estas tasas efectivas no aplican para todos, y según el SAT, buscan incentivar el cumplimiento voluntario de las personas identificadas como “grandes contribuyentes”.

PERO, ¿QUÉ SON LAS TASAS EFECTIVAS DEL SAT?

Una tasa efectiva “es la que se calcula con la información manifestada en la última declaración anual del ISR”, de acuerdo con el SAT.

Esta funciona mediante la división del ISR causado en el ejercicio fiscal que corresponda, entre los ingresos acumulables de dicho ejercicio.

Las tasas efectivas de ISR son una referencia para el pago de impuestos.

¿QUIÉNES SON LOS GRANDES CONTRIBUYENTES?

De acuerdo con el SAT, los llamados grandes contribuyentes son aquellas personas físicas y morales que declaran ingresos por más de mil 500 millones de pesos al año.

El objetivo de estas tasas, explica el SAT, es incrementar la recaudación de los grandes contribuyentes a través de un proceso de fiscalización en el que se evitan actos indebidos.

Por eso, la autoridad fiscal invitó a los contribuyentes a consultar la tasa efectiva de ISR correspondiente a la actividad económica a la que pertenecen, y a compararla con su propia tasa efectiva de ISR respecto de cada ejercicio fiscal.

Los contribuyentes pueden hacer lo anterior para medir sus riesgos impositivos y, en su caso, corregir su situación fiscal, mediante declaraciones complementarias, así podrían minimizar la posibilidad del inicio de revisiones profundas por parte del SAT.

En este sentido, las listas tienen el objetivo de que las y los contribuyentes corrijan su situación fiscal a través de declaraciones anuales complementarias.

PRIMERA LISTA DE TASAS EFECTIVAS DEL SAT

  • Banca múltiple o comercial.
  • Casas de bolsa.
  • Comercio al por mayor de artículos de perfumería.
  • Comercio al por mayor de desechos metálicos.
  • Comercio al por mayor de materiales metálicos.
  • Comercio al por mayor de productos farmacéuticos.
  • Comercio al por menor de artículos de perfumería y cosméticos.
  • Comercio al por menor de partes y refacciones nuevas para automóviles, camionetas y camiones.
  • Compañías afianzadoras.
  • Compañías de seguros no especializadas en seguros de vida.
  • Compañías especializadas en seguros de vida.
  • Fabricación de asientos para vehículos automotores.
  • Fabricación de carrocerías y remolques.
  • Fabricación de cosméticos, perfumes y otras preparaciones de tocador.
  • Fabricación de equipo eléctrico y electrónico para vehículos automotores.
  • Fabricación de motores de gasolina y sus partes para vehículos automotrices.
  • Fabricación de otras partes para vehículos automotrices.
  • Fabricación de otros productos de hierro y acero de material comprado.
  • Fabricación de otros productos metálicos.
  • Fabricación de partes de sistemas de dirección y de suspensión para vehículos automotrices.
  • Fabricación de partes de sistemas de frenos para vehículos automotrices.
  • Fabricación de partes de sistemas de transmisión.
  • Fabricación de piezas metálicas troqueladas para vehículos automotrices.
  • Fabricación de preparaciones farmacéuticas.
  • Fabricación de productos metálicos forjados y troquelados.
  • Fabricación de tubos y postes de hierro y acero de material comprado.
  • Fabricación o ensamble de automóviles y camionetas.
  • Fabricación o ensamble de camiones y tractocamiones.
  • Farmacias con minisúper.
  • Industria del aluminio.
  • Minería de cobre y níquel.
  • Minería de oro.
  • Minería de plata.
  • Minería de plomo y zinc.
  • Moldeo por fundición de piezas metálicas no ferrosas.
  • Moldeo por fundición de todo tipo de piezas a partir de hierro y acero producidos en otro establecimiento.
  • Sociedades de inversión de capitales.
  • Sociedades financieras de objeto múltiple.
  • Venta de automóviles nuevos al consumidor por el fabricante, ensamblador, por el distribuidor autorizado o por el comerciante en el ramo de vehículos cuyo precio de venta exceda 150 mil pesos.

SEGUNDA LISTA DE TASAS EFECTIVAS DEL SAT

  • Administración y supervisión de construcción de inmuebles comerciales, institucionales y de servicios.
  • Administración y supervisión de construcción de obras para petróleo y gas.
  • Agencias de viajes.
  • Agentes, ajustadores y gestores de seguros de vida.
  • Alquiler de automóviles sin chofer.
  • Captación, tratamiento y suministro de agua para uso distinto al doméstico realizados por particulares.
  • Comercio al por mayor de abarrotes.
  • Comercio al por mayor de cemento, tabique y grava.
  • Comercio al por mayor de maquinaria y equipo para la construcción y la minería.
  • Comercio al por mayor de otros materiales para la construcción, excepto de madera.
  • Comercio al por mayor de productos químicos para uso industrial.
  • Comercio al por menor de aceites y grasas lubricantes de uso industrial, aditivos y similares para vehículos de motor.
  • Comercio al por menor de enseres electrodomésticos menores y aparatos de línea blanca.
  • Comercio al por menor de gas L.P. en cilindros y para tanques estacionarios.
  • Comercio al por menor de gasolina y diésel.
  • Comercio al por menor de llantas y cámaras, corbatas, válvulas de cámara y tapones para automóviles, camionetas y camiones de motor.
  • Comercio al por menor de muebles para el hogar.
  • Comercio al por menor de otros combustibles como petróleo diáfano, carbón vegetal y leña.
  • Comercio al por menor de productos de consumo final propiedad de terceros por comisión y consignación.
  • Comercio al por menor en minisúper.
  • Comercio al por menor en supermercados.
  • Comercio al por menor en tiendas de abarrotes, ultramarinos y misceláneas.
  • Comercio al por menor en tiendas departamentales.
  • Comercio de combustibles fósiles.
  • Complejos siderúrgicos.
  • Construcción de carreteras, autopistas, terracerías, puentes, pasos a desnivel y aeropistas.
  • Construcción de inmuebles comerciales, institucionales y de servicios.
  • Construcción de naves y plantas industriales.
  • Construcción de obras de generación y conducción de energía eléctrica.
  • Construcción de obras de urbanización.
  • Construcción de obras para el tratamiento, distribución y suministro de agua y drenaje.
  • Construcción de obras para transporte eléctrico y ferroviario.
  • Construcción de obras relacionadas con la distribución de petróleo y gas.
  • Construcción de plantas de refinación de petróleo, de procesamiento de gas natural y de petroquímica.
  • Construcción de vivienda unifamiliar.
  • Construcción y/o adquisición de otros inmuebles para ser rentados, como terrenos, bodegas, galerones, plantas industriales, naves industriales para ser rentados.
  • Extracción de petróleo crudo y a la extracción de hidrocarburos crudos en estado gaseoso (gas natural).
  • Extracción y explotación de sal.
  • Fabricación de aceites y grasas lubricantes.
  • Fabricación de alambre, productos de alambre y resortes.