Ya se acerca el periodo marcado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para presentar la declaración anual 2023 y por lo mismo, mucho se ha hablado de las multas que podrían recibir los contribuyentes si evaden esta obligación fiscal, incluso, no sólo se trata de multas económicas, también podrían ir a prisión. Así como es el caso de no activar tu Buzón Tributario, pues podrías recibir una multar mayor a los 10 mil pesos.
Entrando en el tema de sanciones a los contribuyentes por parte del SAT, también existe otra multa a la que podrías ser acreedor y estamos hablando del castigo que podrías recibir por parte del fisco en caso de que hagas una simulación laboral.
Y es que, toma en cuenta que, aunque el outsourcing en México es un esquema legal que está regulado por la Ley Federal del Trabajo, también es una modalidad que ha suscitado en una práctica de subcontratación irregular en muchas empresas, por lo que el SAT también supervisa que no haya simulación de servicios profesionales, lo cual es considerado un delito fiscal.
Te podría interesar
Hay que recordar que, desde el año pasado, se estableció en el Código Fiscal que aquel que utilice el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) para la simulación de servicios profesionales independientes, estará cometiendo una defraudación fiscal y la pena por ello será, incluso, mayor a la establecida por este delito.
¿QUÉ PASA SI HAGO UNA SIMULACIÓN LABORAL?
Actualmente, la pena por simulación laboral va de tres meses hasta nueve años de prisión, de acuerdo con el monto de lo defraudado, y la propuesta contempla que estas sanciones se incrementen en una mitad cuando se utilice el nuevo Resico en la simulación señalada.
Te podría interesar
En el caso de que el SAT identifique una irregularidad, al beneficiario de estos servicios, se le exigirá información del proveedor de los mismos que prueben que efectivamente se realizan los mismos.
Por eso, es importante y se recomienda contar con toda la información fiscal necesaria como Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), comprobantes del pago de cuotas al IMSS e Infonavit.
Cabe destacar que, dentro de la reforma laboral, se estableció en el artículo 5, fracción XIV, que la simulación laboral es "encubrir una relación laboral con actos jurídicos simulados para evitar el cumplimiento de obligaciones laborales y/o de seguridad social".