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¿Qué motivos pueden llevar a Banorte, BBVA o Santander al bloqueo de tu cuenta bancaria?

Si te preguntas por qué te pueden bloquear la cuenta bancaria, hay 6 razones para que esto pueda ocurrir, y aquí te contamos

Escrito en DINERO el

Hay diversos factores que pueden ocasionar que esté bloqueado el acceso a una de tus cuentas bancarias y son tres las entidades o personas que pueden autorizar el bloqueo de ésta:

  • El banco para cumplir con las obligaciones y normativa legales
  • Una sentencia judicial
  • O los cotitulares de una cuenta

De inicio, debes saber que no se puede bloquear una cuenta bancaria sin previo aviso. BBVA, Banorte, Santander o cualquier otro banco tienen un plazo para localizar a los clientes y que así aporten la documentación necesaria para evitar dicho bloqueo.

De acuerdo con BBVA: "Hay distintos motivos de bloqueo de tu cuenta bancaria; una vez que conozcas la causa podrás tomar las acciones a tu alcance o buscar el apoyo pertinente".

¿Por qué bloquean las cuentas?

  • Datos desactualizados. Esto sucede si alguno de los documentos oficiales que entregaste al banco para identificarte oficialmente deja de estar vigente y no lo repones. 
  • Falta de pago al banco. Si tienes una tarjeta de crédito y no has realizado los pagos correspondientes tu cuenta seguirá vigente, pero no podrás usarla hasta que cubras dicha cantidad.
  • Gastos atípicos. Esto implica acciones sospechosas como gastos grandes que no sueles hacer.
  • Clave incorrecta. Si acudes a un cajero o intentas pagar con tu tarjeta y colocas una contraseña incorrecta sobre pasando el número límite de veces, tu cuenta será bloqueada.
  • Contradicciones entre titulares. Cuando la cuenta tiene más de un titular y entre ellos realiza movimientos que parecen opuestos.
  • Solicitud de parte del gobierno por adeudos. De acuerdo con la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, esto puede ocurrir si tienes deudas fiscales que no has cubierto y las autoridades no logran ponerse en contacto contigo

¿En qué casos el SAT te puede inmovilizar tus cuentas bancarias?

  • Que no interpusiste un medio de defensa.
  • Que el medio de defensa interpuesto ha concluido a favor del SAT.
  • Que el adeudo fiscal no está garantizado o está garantizado de forma insuficiente.