PRESTACIONES LABORALES

¿Te pueden reducir o eliminar prestaciones laborales?

En caso de no existir un convenio previo, reducir o eliminar prestaciones puede ser una causal para dar término al contrato de trabajo

Escrito en DINERO el

La disminución de los ingresos que muchas organizaciones y negocios registraban antes de la pandemia ha hecho que, desde su administración, se busquen alternativas que les permitan mantenerse a flote durante las crisis de salud y económica, de acuerdo con expertos en materia laboral.

Como parte de dichos esfuerzos, algunas empresas optaron por la reducción de prestaciones y la entrega diferida de bonos e incentivos adicionales a los que sus colaboradores, por la prestación de sus servicios, tienen derecho de acuerdo con lo estipulado en su contrato laboral, modificando en consecuencia, su salario, según la publicación Campus Mexicalli.

El maestro Luis Aurelio Espinoza Araujo, Catedrático de la Escuela de Derecho de CETYS Universidad Campus Mexicali, explicó que "todos los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones,  primas, comisiones, bonos en especie y cualquiera otra cantidad que se le entregue al colaborador por su trabajo, son prestaciones laborales que en conjunto, integran su salario".

De todas las prestaciones que integran al salario, el patrón está obligado a prestar sólo algunas de ellas. La Ley Federal del Trabajo (LFT) y la Ley del Seguro Social dispone que todo trabajador debe disfrutar de:

  • Vacaciones y prima vacacional
  • Al menos un día de descanso por cada seis días trabajados
  • Reparto de utilidades
  • Prima dominical (en caso de laborar los domingos)
  • Prima de antigüedad
  • Suspensión de labores durante los días de asueto oficiales
  • IMSS
  • Infonavit
  • Afore
  • Licencia de paternidad y por adopción
  • Permiso de lactancia (para las mujeres)

A pesar de ello,  el docente de Práctica Forense Laboral y Derecho Procesal y Colectivo del trabajo, explicó que cuando promueven una vacante, la mayoría de los patrones ofrecen otros incentivos, conocidos como prestaciones extralegales. “En este caso cada patrón es libre de establecer cuál o cuáles otorgará a sus empleados, principalmente para elevar su calidad de vida; por eso son generalmente invocadas como prestaciones de previsión social”.

Entre las prestaciones laborales más comunes que no representan una obligación legal para el patrón, se encuentran:

  • vales de despensa
  • fondo de ahorro
  • bonos de productividad
  • uniformes de trabajo
  • comisiones
  • vales de gasolina
  • premios por puntualidad y asistencia
  • ayuda de transporte
  • seguros de vida y de gastos médicos menores y mayores
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¿El patrón puede disminuir o eliminar tus prestaciones? 

Modificar unilateralmente las condiciones de trabajo del empleado podría generar una contingencia al patrón. Reducir o eliminar prestaciones laborales ya otorgadas al colaborador en los términos y forma determinados, puede constituir una causal de rescisión;  una causa justificada para dar por terminado el contrato de trabajo, imputable al patrón, lo que para el trabajador representa la posibilidad de reclamar una indemnización completa.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, comprende el pago de tres meses de salario, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, prima de antigüedad, así como el pago de 20 días de salario por cada año de servicios prestados.