En México, La Ley Federal del Trabajo (LFT), establece que dentro de un vínculo laboral pueden existir dos tipos de prestaciones:
Prestaciones mínimas obligadas por la ley: Beneficios que todo empleador debe cumplir, como mínimo, con sus colaboradores. Estos derechos laborales no pueden ser modificados, a menos que exista un común acuerdo entre la empresa y el colaborador.
Prestaciones superiores a la ley: Beneficios adicionales otorgados por las empresas para motivar y retener a sus colaboradores.
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Prestaciones por fin de año
- Aguinaldo: de acuerdo al artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores deberán recibir un aguinaldo anual equivalente a 15 días de salario.
- Días festivos: el 25 de diciembre y el 1 de enero están considerados como días inhábiles oficiales, en caso trabajar alguna de esas fechas, el patrón o empresa está obligada a pagar el triple por el día.
- Prima dominical: Navidad y Año Nuevo caen en domingo, lo que significa que aparte del pago triple, los trabajadores deberán recibir un 25 por ciento por trabajar esos días.
- Prima vacacional: en caso de solicitar vacaciones en diciembre, los trabajadores deben pagarte el 25 por ciento del salario correspondiente en el periodo del descanso.
- Fondo de ahorro: Esta prestación se forma con las aportaciones periódicas de la empresa y sus colaboradores. Al final del año el trabajador recibirá lo que haya ahorrado más una cantidad adicional.
Si por alguna situación no recibes alguna de estas compensaciones, y si cumples con los supuestos descritos anteriormente, puedes solicitar asesoría en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
¿El aguinaldo está sujeto al pago del ISR?
Si bien el aguinaldo en México es un pago extraordinario e independiente del resto de las prestaciones que perciben los trabajadores, lo cierto es que, de todos modos, está sujeto al pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
El ISR es uno de los impuestos más importantes en México y se aplica de forma directa sobre los ingresos de las personas, lo que también incluye al aguinaldo. Este impuesto se suele descontar del salario bruto que reciben los trabajadores. Una vez que se aplica, lo que queda es el salario neto, que es la cantidad que finalmente obtiene el empleado.
En el caso específico del aguinaldo navideño, el patrón debe realizar el cálculo del ISR y retener el monto que corresponda. Eso sí, estarán exceptuados de esta medida aquellos casos en los que la remuneración extraordinaria sea inferior al monto que equivale a 30 días de salario mínimo o lo que también se denomina Unidad de Medida y Actualización (UMA).