Las multa fiscales ocurren por cometer infracciones que se relacionen con las obligaciones fiscales contempladas en el Código Fiscal de la Federación; por ejemplo:
- No presentar las declaraciones, solicitudes, avisos o constancias que exijan las disposiciones fiscales.
- No presentar las declaraciones a través de los medios electrónicos que señale el SAT.
- Presentar las declaraciones por requerimiento de las autoridades fiscales.
Un respiro
Si estás en alguno de los supuestos anteriores, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó el programa Reducción de Multas Fiscales por declaraciones pendientes previas a 2022, con el cual podrás ser acreedor de hasta el 100% de descuento en multas pendientes.
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Aplica cuando...
- El SAT te realizó un requerimiento y te aplicó la multa correspondiente, pero no se ha solicitado el pago
- El SAT te notificó una multa y ya solicitó el cobro de la misma
Reduce de 40% hasta 100%
Verifica tu porcentaje:
Hace 1 año – reduce 90%
Más de 1 a 2 años – 80%
Más de 2 a 3 años – 70%
Más de 3 a 4 años – 60%
Más de 4 a 5 años – 50%
Más de 5 años – 40%
¿Cómo obtener tu RFC?
En La Silla Rota anteriormente y te habíamos explicado cómo obtener tu RFC, pero te lo volvemos a explicar:
RFC de personas físicas:
Consta de 13 caracteres los cuales se distribuyen de la siguiente manera:
-Los primeros dos caracteres corresponden a: primera letra de tu apellido paterno + la primera vocal del mismo apellido.
-El siguiente caracter corresponde a: la primera letra del segundo apellido, en caso de no tener este apellido se usará una letra X -Posteriormente: la primera letra del primer nombre
-A continuación vienen 6 número los cuales se componen de:
-Los últimos dos dígitos del año de tu nacimiento
-El mes de tu nacimiento en dos dígitos(donde enero es = 01 y diciembre =12) -Tu día de nacimiento en dos dígitos
-Finalmente, el RFC termina con la homoclave
-La homoclave que consta de 3 caracteres la asigna el SAT, esto para evitar que se llegue a duplicar algún RFC RFC de personas morales Consta de 12 caracteres los cuales se distribuyen de la siguiente manera: Los primero 3 caracteres corresponden a las siglas de la empresa o sus iniciales. (Esto lo asigna el SAT) A continuación son 6 dígitos que corresponden a la fecha de creación de la empresa que se establece en su acta constitutiva, se distribuyen así: Los últimos 2 dígitos del año de creación
El mes en dos dígitos El día en 2 dígitos Finalmente los últimos 3 caracteres corresponden a la homoclave que asigna el SAT al momento de la alta