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Un manual para entender la resolución de quejas en materia electoral

La transparencia y la rendición de cuentas están indisolublemente ligadas con el auténtico acceso a la justicia. | Luis Espíndola

Escrito en OPINIÓN el

El procedimiento especial sancionador (PES) nace en el año 2006 por una decisión de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación identificada como SUP-RAP-17/2006, como una respuesta legal a aquellos que reclamaran irregularidades cometidas en propaganda política y electoral en radio y televisión.

El PES pasó de estar reconocido en una sentencia a regularse en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en el año 2008. Desde entonces, se diseñó con más detalles como un mecanismo legal para investigar faltas electorales relacionadas con  temas como la violación al modelo de comunicación política, uso indebido de recursos públicos en materia electoral, la vulneración al principio de imparcialidad que rige a las personas servidoras públicas, la prohibición de actos anticipados de precampaña y campaña, y diversas reglas de propaganda política y electoral. Todo lo anterior estuvo a cargo del Instituto Federal Electoral.

El 2014 fue un año de profundas reformas electorales, entre ellas, la creación de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la cual entra en vigor y con ello se deroga el anterior Código Electoral. El PES no desaparece, al contrario, adquiere un renovado diseño.

En ese año se crea la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con competencia en todo el territorio nacional, y comienza la dualidad del PES. Es decir, el ahora Instituto Nacional Electoral (INE) solo estaría a cargo de investigar y tramitar los procedimientos especiales sancionadores y la Sala Especializada, de nueva creación, sería la responsable de resolver estos casos.

Desde entonces, el uso del procedimiento especial sancionador se ha intensificado.  Las resoluciones que se adoptan en un órgano jurisdiccional electoral, como la Sala Especializada, tienen un impacto en un gran número de personas en el escenario político electoral.

Es precisamente debido a la relevancia que ha adquirido esta vía electoral que se había vuelto inaplazable la necesidad de crear un producto académico, una fuente bibliográfica reciente, completa y útil que recopilara de manera sistemática, ordenada y didáctica todo aquello relacionado con los procedimientos especiales sancionadores en materia electoral.

Derivado de esta necesidad, en los próximos días se presentará el Manual del Procedimiento Especial Sancionador, Guía Teórica y Práctica, editado por Tirant lo Blanch y dirigido a las personas interesadas en conocer por primera vez o de manera especializada el PES.

La obra es prologada por la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, presidenta de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, un hecho simbólico, porque sus palabras equivalen a un reconocimiento hacia la labor e importancia del PES y de la Sala Especializada a casi diez años de su creación.

Desde luego, el Manual no habría sido posible sin la participación de todas las personas que han dedicado parte de su vida en dominar su funcionamiento y aportaron ese conocimiento para nutrir la obra.

La transparencia y la rendición de cuentas están indisolublemente ligadas con el auténtico acceso a la justicia. De ahí la relevancia de contar con un producto editorial para explicar, de forma sencilla, un procedimiento relevante pues es la vía para combatir violaciones a la ley que podrían afectar la equidad de la contienda electoral.

Hasta nuestra próxima entrega.

 

Luis Espíndola

@luisespindolam