NEURODERECHOS

Los neuroderechos frente a la inteligencia artificial

La noción de neuroderechos hace referencia a la protección del cerebro y de la mente frente a los avances en inteligencia artificial y tecnologías biomédicas. | Arístides Guerrero

Escrito en OPINIÓN el

La inteligencia artificial ha influido de manera importante en el mejoramiento de la salud y de las condiciones de vida de la humanidad a través de tecnologías como la implantación de dispositivos tecnológicos en el cerebro para el tratamiento de enfermedades o discapacidades, que podrían parecer algo sacado de una relato de ciencia ficción, pero al día de hoy son una realidad.  

Naturalmente, esto trae consigo importantes peligros y riesgos para la salud, la integridad física y mental, así como para la actividad cerebral. Para hacer frente a dichos riesgos se han señalado como medidas idóneas las aprobaciones sanitarias o las medidas regulatorias; sin embargo, consideramos que para retos modernos —futuristas incluso— necesitamos regulaciones modernas, pues los desarrollos tecnológicos descritos superan con creces las regulaciones que se le impondrían a los medicamentos, por ejemplo.

Por ello, en el ámbito de los derechos humanos se ha creado la noción de neuroderechos, que se presentan como una formulación nueva y moderna de dichos derechos para hacer referencia a la protección del cerebro y de la mente en el contexto de los complejos avances en la inteligencia artificial y las tecnologías biomédicas.

Al respecto, actores como el Comité Jurídico Interamericano han emitido una Declaración sobre Neurociencia, Neurotecnologías y Derechos Humanos en los que se señalan las preocupaciones éticas sobre el impacto de estas tecnologías en valores como la dignidad humana, la libertad personal, la identidad o la privacidad (1).

Es importante destacar que en la región latinoamericana recientemente se han impulsado interesantes iniciativas para abordar estas cuestiones. Destaca por ejemplo, el Congreso Internacional Inteligencia Artificial, Neuroderechos, Plataformas Digitales y Metaverso, llevado a cabo a finales del mes de octubre de este año en la ciudad de Santiago de Chile, auspiciado por el Senado de dicho país y el Congreso Futuro. En dicha instancia nos dimos cita de manera virtual diversas personas interesadas en el tratamiento y debate de estas interesantes temáticas que han puesto en la encrucijada a las maneras tradicionales de regular desde el ámbito del derecho la protección de la privacidad.

Asimismo, desde la Comisión de Protección de Datos Personales del Sistema Nacional de Transparencia, a partir de la publicación del código de buenas prácticas denominado Carta de Derechos de la Persona en el Entorno Digital, hemos buscado animar el reconocimiento de los neuroderechos, tales como el derecho a la preservación de la identidad personal, a la privacidad de datos neuronales, a la no interferencia de la libertad de decisión y a la equidad en el mejoramiento de la capacidad cerebral.

Los avances de la tecnología difícilmente se detendrán y traerán consigo mayores y más importantes retos para la protección de la persona y sus fines esenciales como la autodeterminación, la dignidad y la privacidad. Por ello, ante los potenciales riesgos que estos desarrollos acarrean, es por demás relevante emprender iniciativas tendientes a la comprensión y mitigación de dichos peligros. 

1.  Comité Jurídico Interamericano, Declaración del Comité Jurídico Interamericano sobre Neurociencia, Neurotecnologías y Derechos Humanos: Nuevos Desafíos Jurídicos para las Américas. Disponible en: .