La Cámara de Diputados aprobó la cancelación inmediata de tarjetas de crédito que soliciten los usuarios a la banca, el rembolso de cargos indebidos, la prohibición de créditos indebidos y prohibió a las entidades financieras el cobro de comisiones por el otorgamiento de servicios financieros, seguros y membresías sin que haya autorizado el cliente.
Los diputados avalaron reformas a Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros cuya prioridad se centra en mejorar la cancelación y emisión de tarjetas de crédito y débito por parte de entidades financieras y comerciales, así como los cargos por anualidad, comisiones u otros conceptos.
El objetivo de la reforma impulsada por el coordinador de Morena, Ricardo Monreal es reforzar el principio de la libertad contractual y la protección de los usuarios frente a prácticas abusivas, proponiendo la nulidad de tarjetas emitidas sin consentimiento expreso y la obligación de las instituciones de garantizar la cancelación sin costos ni obstáculos.
Te podría interesar
“Al momento en que la persona usuaria solicite la cancelación, la entidad emisora deberá realizar de manera inmediata un bloqueo preventivo, entendido como la suspensión temporal de toda transacción o cargo asociado a la tarjeta, con el fin de evitar operaciones mientras se formaliza la cancelación definitiva del contrato o medio de disposición”, según la iniciativa de reforma avalada por los legisladores.
El documento establece que la cancelación de los plásticos de crédito o débito deberá realizarse sin costo alguno para el usuario, prohibiéndose cualquier cargo, comisión o penalización asociada a la cancelación.
Contexto: en sexenios anteriores, en el Congreso mexicano se había impulsado reforma para combatir cobros excesivos y altas comisiones de la banca en el país.
La protección del usuario
Entre los puntos esenciales para proteger al usuario frente a prácticas indebidas, avaladas por el Congreso se encuentran las siguientes:
Anulación de Emisión sin Consentimiento Expreso: La emisión de una tarjeta de crédito o débito sin el consentimiento expreso y verificable de la persona usuaria será nula de pleno derecho. En consecuencia, no se generará obligación alguna para el usuario ni será necesaria su cancelación.
Prohibición de Cargos o Efectos Crediticios Indebidos: Queda prohibido generar cargos (por anualidad, comisiones u otros conceptos) por tarjetas emitidas sin consentimiento, así como cualquier efecto en el historial crediticio, comportamiento de pago o falta de uso.
Reembolso de Cargos Indebidos: Las entidades emisoras estarán obligadas a reembolsar los montos cobrados de manera indebida en un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de la recepción de la reclamación.
Condicionamiento de Comisiones al Consentimiento: Se establece que las entidades no podrán cobrar comisiones por el otorgamiento de servicios financieros, seguros, membresías o beneficios adicionales que no hayan sido autorizados previamente en el Contrato de Adhesión o sin el consentimiento expreso del usuario.
Transparencia de Costos y Prohibición de Engaño: Las entidades deben garantizar que toda la información relativa a costos, cargos y comisiones asociados al producto sea clara, veraz y suficiente. Queda prohibida toda oferta, promoción o mensaje que induzca al usuario a creer que los medios de disposición carecen de costos, cuando estos generen comisiones, anualidades, o cargos adicionales.
Acceso expedito a la cancelación
Los puntos clave para lograr un acceso expedito a la cancelación, establece la reforma son los siguientes:
Acceso Expedito a la Cancelación por Múltiples Canales: La iniciativa garantiza que cualquier persona usuaria pueda cancelar su tarjeta mediante diversos canales: presencial, telefónico y digital, incluyendo aplicaciones móviles, banca en línea y portales web oficiales, mediante botones visibles y de acceso directo, disponibles las veinticuatro horas del día, los trescientos sesenta y cinco días del año.Esto busca asegurar que no existan barreras tecnológicas, geográficas o administrativas.
Mecanismos Digitales Disponibles 24/7: Los mecanismos de cancelación y bloqueo deben estar disponibles de forma presencial, telefónica y digital, incluyendo aplicaciones móviles, banca en línea y portales web oficiales, con botones visibles y de acceso directo, disponibles las veinticuatro horas del día, los trescientos sesenta y cinco días del año.
Bloqueo Inmediato: Al momento en que la persona usuaria solicite la cancelación, la entidad emisora deberá realizar de manera inmediata un bloqueo preventivo (suspensión temporal de toda transacción o cargo) para evitar operaciones mientras se formaliza la cancelación definitiva.
Plazo Máximo y Cero Costo: La cancelación deberá llevarse a cabo en un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de la solicitud del usuario. Se prohíbe cualquier cargo, comisión o penalización asociada a la cancelación (debe ser sin costo alguno para el usuario).
Formalización con Comprobante: La cancelación debe formalizarse mediante prueba digital o física que certifique la terminación del contrato, la cual debe emitirse en el mismo plazo máximo de cinco días hábiles
La Cámara de Diputados avaló con 467 votos a favor el proyecto.
