PLAN B

Iniciativa en materia de revocación es una maniobra política: expertos

La propuesta de adelantar la elección de revocación de mandato para 2027 y empalmarla con la elección intermedia, no estaba contemplado en la Ley de Revocación de Mandato aprobada en 2019, además de que cambia las reglas que ordenaban que fuera el INE el que la difundiera y no la presidenta.

Iniciativa en materia de revocación es una maniobra política: expertos.Créditos: Cuartoscuro
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La iniciativa electoral de reformas a leyes secundarias que incluyen adelantar la elección de la revocación de mandato para el 2027 y que se empalme con las elecciones intermedias es algo nuevo que no contemplaba la reforma que introdujo el tema en 2019, lo que dibuja un escenario complejo y difícil de digerir, con señales encontradas, consideró el constitucionalista, Edgar Corzo Sosa.

“Se supone que son elecciones intermedias. La gente va a votar para las personas que inicien un mandato. Ahí están los 500 diputados, las 17 gobernaturas, los congresos locales, los ayuntamientos, inclusive la elección judicial federal. En cambio, la revocación de mandato, su noción que fue señalada en el artículo tercero transitorio de la reforma del 19 y se dijo que la revocación de mandato es la conclusión anticipada por pérdida de confianza de un mandato”, dijo el experto.

Lo que significa que en 2027 mientras el electorado votará por alguien para que inicie un mandato, en la revocación del mandato, va a votar porque alguien termine anticipadamente el que se le había dado. Eso produciría un escenario complejo”.

Revocación de mandato

El 16 de febrero la presidenta Claudia Sheinbaum presentó los principales puntos del llamado Plan B, luego de que la reforma electoral constitucional que propuso se estrelló contra la negativa de los aliados de Morena y de la oposición al votarla en contra.

Uno de los principales puntos es la revocación de mandato, que se define como el derecho que tiene el pueblo para decidir si la persona titular de la presidencia debe o no continuar en el cargo. La propuesta es que se realice el primer domingo de junio del tercer o cuarto año de gobierno, o sea en 2027 o 2028, aunque ya la presidencia dio a conocer que buscaría que sea el próximo año.

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Ley de revocación de mandato establece que corresponde al INE la promoción

El investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas fue cuestionado sobre la posibilidad de que para el proceso de revocación de mandato, la presidenta haya propuesto que ella misma pueda hacer campaña. Explicó que el texto de Ley de Revocación de Mandato señala en su normativa que le corresponde al Instituto Nacional Electoral promover la participación de la ciudadanía en la revocación del mandato.

“O sea, lo que tiene que buscar del electorado es algo objetivo, imparcial con fines informativos y eso es lo que tiene que hacer el INE. Es más, en algún momento esa ley federal de revocación de mandato se declaró inconstitucional porque les permitía a los partidos que promovieran la participación ciudadana. Eso es lo que dice uno de los párrafos de la Ley Federal de Revocación de Mandato, es decir que le corresponde al INE”.

Maniobra política

El integrante de la Academia Mexicana de Jurisprudencia y Legislación, Arturo Pueblita, también mostró sus reservas sobre la propuesta legislativa de revocación de mandato, hecha por la presidenta Claudia Sheinbaum, para que se empate con la elección intermedia.

“No es prudente, constitucionalmente hablando, que se haga este empate de los tiempos. Tiene una lógica completa y absolutamente partidista y electoral. La revocación de mandato no está pensada para que se convierta en la oportunidad de salir a hacer campaña”, criticó.

Recordó que se convoca a la existencia de este mecanismo cuando es una petición de un sector amplio de la población que sale y solicita que se realice el procedimiento de revocación de mandato. Pero la propuesta presidencial es una jugada política para empatar los tiempos electorales y eso no habla de del ejercicio del poder público con una visión de Estado, sino con una visión partidista.

“No es deseable estar cambiando las reglas constitucionales a 1 año antes de que se vaya a tener una elección para tratar de encontrar mecanismos para favorecer al poder político al turno y esto pudiera ser con cualquier otro partido político”. Aclaró que no es un tema de filias y fobias partidistas, sino de prudencia constitucional. No es conveniente que se le siga metiendo mano a la Constitución de manera así de sencilla”, dijo el también integrante del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados.

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Contexto

El Plan B propuesto incluye reformas a leyes secundarias, como la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, para disminuir las remuneraciones a consejeros y altos funcionarios del INE, así como de los tribunales electorales locales como magistrados y altos funcionarios.

También incluye reformas a la ley general de partidos políticos para obligar a transparentar las remuneraciones de los dirigentes de partidos y que los institutos políticos reporten sus operaciones financieras en tiempo real, mediante un sistema bancarizado, así como la prohibición de uso de recursos del extranjero y aportaciones en efectivo.

Los artículos constitucionales que regulan las elecciones y partidos políticos son el 41, que además incluye el financiamiento, y el 134, que marca los lineamientos sobre el uso de recursos públicos y propaganda gubernamental.

AMLO fue el primero en realizar una revocación de mandato

En el caso de un proceso de revocación de mandato, el primero se hizo el 10 de abril de 2022, bajo la administración del presidente Andrés Manuel López Obrador.

La pregunta que se planteó fue “¿Estás de acuerdo en que a Andrés Manuel López Obrador, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”

Ofrecía dos opciones de respuesta:

  • Que se le revoque el mandato por pérdida de la confianza
  • Que siga en la Presidencia de la República