En México todas y todos los trabajadores que prestan sus servicios bajo un esquema formal de empleo, la Ley Federal del Trabajo garantiza las prestaciones que deben tener por parte de su empleador y una de estas es el reparto de utilidades 2025, por lo cual aquí te contamos quienes son los trabajadores que tendrán que esperar para recibir este dinero extra.
Bajo este mismo tenor, en México, el pago por reparto de utilidades es un derecho de todas las trabajadoras y trabajadores para recibir una parte de las ganancias que generó la empresa en donde trabajan durante el año fiscal anterior. En otras palabras, las empresas, patrones o empleadores están obligadas a repartir el 10% de sus utilidades netas entre sus empleados, pago que también es conocido como Participación de los Trabajadores en las utilidades (PTU).
Aunado a esto, los trabajadores que tienen derecho a recibir el pago por concepto de reparto de utilidades en México son todas aquellas trabajadoras y trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días durante el año fiscal, ya sea de forma continua o discontinua, además este pago aplica para trabajadores de planta y eventuales.
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En tanto, algunos trabajadores tendrán que esperar más que otros, es decir, según información compartida por la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), las empresas (personas morales) tienen como plazo hasta el 30 de mayo para pagar las utilidades a sus trabajadores, mientras que los patrones (personas físicas) tienen hasta el 29 de junio de 2024, por lo cual deberán esperar más para tener su dinero extra. Recuerda que estas utilidades corresponden al año fiscal 2024.
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¿Cuáles son los días que se consideran como laborados para el reparto de utilidades?
Contexto: de acuerdo con información publicada por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, los días laborados, y todos aquellos en que por disposición de la ley, contrato individual o colectivo de trabajo y del reglamento interior de trabajo, el trabajador perciba su salario aun cuando no labore, tales como:
- Incapacidades temporales por riesgo de trabajo
- Periodos prenatales y postnatales
- Descanso semanal
- Vacaciones
- Días festivos
- Permisos con goce de sueldo
¿Quiénes no están obligados a pagar reparto de utilidades?
- Empresas nuevas (en su primer año)
- Instituciones sin fines de lucro
- Empresas que hayan reportado ante el SAT menos de 300,000 pesos de ingresos anuales
Recuerda que para hacer el cálculo del reparto de utilidades se considera el número de días trabajados por cada empleado y el salario percibido.
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