ALERTA LA CORTE

La propuesta de reforma al Poder Judicial no garantiza legitimidad ni calidad en la justicia, alerta la Corte

La Silla Rota tuvo acceso a un análisis que la SCJN hizo sobre la iniciativa de cambio al sistema de justicia y en el que expuso una serie de problemáticas que ponen en riesgo la independencia

Créditos: Cuartoscuro
Escrito en NACIÓN el

 

En un análisis que la Corte hizo de la iniciativa de reforma al Poder Judicial alertó sobre cambios importantes en el sistema: la elección de personas juzgadoras por voto popular, la creación de un nuevo órgano de administración judicial, creación de un tribunal de disciplina judicial y los cambios procesales para garantizar una justicia pronta y expedita.

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Para la Corte, en el caso los problemas asociados con la legitimidad y calidad de la justicia, se identificó que la elección popular de personas juzgadoras no garantiza una mayor legitimidad; tampoco es garantía de mayor calidad en las decisiones judiciales; no avala que las personas electas cuenten con los conocimientos y competencias necesarias para desempeñar la función judicial y sí afectará el acceso a la justicia y la seguridad jurídica de las personas involucradas en procesos judiciales.

Además, una elección de personas juzgadoras, se analizó, conllevará a la destitución injustificada de quienes actualmente ocupan esos cargos a nivel federal y estatal; habrá altos e innecesarios costos derivados de la elección popular dela judicatura estatal y federal; el proceso de selección de personas candidatas no garantiza que a quienes se elija sean idóneas para desempeñar la función judicial, y el proceso de selección de personas candidatas para la reelección compromete la imparcialidad durante el desempeño del cargo.

 

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También se detectó que la elección popular de las personas juzgadoras puede colocarlas en una situación de vulnerabilidad frente a la violencia política y/o del crimen organizado; la elección popular representa riesgos en términos de posibles influencias indebidas de intereses privados y de la delincuencia; así como que la elección popular de los integrantes de tribunales altamente especializados compromete su capacidad para resolver conflictos de forma eficaz e imparcial.

 

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Un nuevo órgano

En cuanto a los problema asociados con la integración y funcionamiento de un nuevo órgano de administración judicial, se determinó que la negociación anual del presupuesto del Poder Judicial compromete su independencia; las decisiones del órgano de administración judicial son inacatables y contra éste no procede ningún recurso, lo cual puede propiciar arbitrariedad o abusos en sus decisiones; desaparece la comisión encargada de conflictos en el Poder Judicial y no se establece un sustituto, además, no hay mecanismos de justicia abierta y/o participación ciudadana en los órganos de administración judicial.

Al referirse a un Tribunal de Disciplina Judicial, se determinó que la elección popular de magistrados y magistradas integrantes del Tribunal compromete su independencia e imparcialidad; la coincidencia entre tiempos de mandatos de integrantes del Tribunal y las autoridades que les postulan atenta contra su independencia en el desempeño del cargo; los procedimientos de disciplina pueden ser influenciados por preferencias o afiliaciones políticas; los supuestos de sanción disciplinaria constituyen cláusulas abiertas que transgreden la seguridad jurídica de las personas juzgadoras y pueden propiciar abusos.

Para el caso de los problemas asociados con los cambios para garantizar una justicia pronta y expedita, con la propuesta de reforma analizó que se deberá enfrentar el rezago judicial sin un diagnóstico adecuado y ello no garantiza lo que se pretende, además de que la reforma no cumple con el principio de gradualidad en su implementación, lo cual compromete su éxito.

“En este contexto, cualquier intento de reforma o política judicial debe necesariamente considerar sus posibles impactos en la operación cotidiana de los órganos jurisdiccionales y en el acceso a la justicia de las personas. Una modificación que no sea debidamente planeada y ejecutada puede agravar y comprometer los miles de casos que están sujetos a la jurisdicción de jueces y juezas mexicanos”, detalló la Corte.

 

Foros

Este jueves iniciaron los “Diálogos Nacionales para la Reforma del Poder Judicial” convocado por el Congreso de la Unión, los cuales constarán de nueve debates a realizarse por distintas zonas del país.

La Corte anunció que, junto con el Consejo de la Judicatura participarán en los diálogos, toda vez que es indispensable que juzgadoras y juzgadores emitan su opinión y sean escuchados en el marco de los foros para la reforma, que se discutirá en el Poder Legislativo.

“Las ministras y ministros que integran el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación e integrantes del Consejo de la Judicatura Federal participarán en los Diálogos Nacionales para la Reforma del Poder Judicial, a los que convoca el H. Congreso de la Unión, cuyo objetivo es fomentar un diálogo abierto sobre uno de los temas de mayor relevancia para nuestro país”, difundió la Corte a través de un comunicado.

Agregó que resulta indispensable que se escuche la opinión de las juzgadoras y los juzgadores que integran el Poder Judicial de la Federación en una reforma del calado que representa.

El Poder Judicial de la Federación está compuesto por 932 órganos jurisdiccionales distribuidos en 77 ciudades o municipios del país. Estos órganos requieren de 1,580 titulares de órganos jurisdiccionales (juezas, jueces, magistradas y magistrados).

Entre los órganos administrativos y jurisdiccionales suman de 54, 388 personas servidoras públicas, esto de acuerdo con el Censo Nacional de Impartición de Justicia Federal del INEGI (2023).

Los poderes judiciales locales se componen por 5,315 órganos jurisdiccionales y administrativos que requieren las labores de 73,000 personas servidoras públicas.