ELECCIONES 2024

Elecciones 2024: ¿Habrá Ley Seca el 2 de junio en México o no? Esto sabemos

Las elecciones presidenciales estan a poco más de 20 días para que se lleven a cabo en todo el país, y con esta jornada electoral algunas restricciones también llegan

Las elecciones estan a tan solo dos semanas de distancia
En las próximas elecciones se votarán 20 mil cargos políticos.Las elecciones estan a tan solo dos semanas de distanciaCréditos: LSR / PIXABAY
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En las próximas elecciones que se avecinan en México, y que se llevarán a cabo el próximo domingo 2 de junio de 2024 se elegiran diferentes puestos políticos, como la presidencia de la república, la jefatura de gobierno de la CDXM, gubernaturas, municipios, senadores y legisladores, por lo que estos comicios  están considerados lo más grandes de la historia de acuerdo al INE.

Es por eso que las y los mexicanos que saldrán a votar ese día deben de tomar este ejercicio democrático con toda la responsabilidad posible, y para que esto así suceda se dio a conocer la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales,la cual limita la relización de algunas actividades de esparcimiento para que la gente pueda votar con responsabilidad.

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Si quieres saber si este día habrá "Ley Seca" a continuación te compartimos lo que dice al respecto la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y todo lo que tienes que saber sobre el tema.

¿Habrá Ley Seca el 2 de junio en México?

Si estas pensando en realizar una reunión con tus familiares o amigos justo el domingo 2 de junio esta información es para ti, ya que deberás pensarlo 2 veces si planeas tomarte unas copas, ya que de acuerdo con la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en su artículo 300 se establece Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en su artículo 300.

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Esto significa que el domingo 2 de junio el día de la elección las autoridades competentes, de acuerdo a la normatividad que exista en cada entidad federativa, podrán establecer medidas para limitar el horario de servicio de los establecimientos en los que se sirvan bebidas embriagantes”, dicta la ley.

A su vez, el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 348,  explica que: “El día de la elección y el precedente, queda prohibida la venta de bebidas embriagantes, en las unidades económicas cuya actividad principal sea esa. , Se exceptúa de dicha prohibición, los restaurantes cuya actividad principal sea la venta de alimentos preparados, y en su caso, como actividad complementaria, la venta de bebidas alcohólicas”, establece la norma.

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AJA