PENSIONES Y JUBILACIONES

IMSS: Estos son los pensionados que pueden aumentar su pensión del 2024

En este 2024 hay dos tipos de pensionados que pueden aumentar su pensión y aquí les decimos cómo

En la actualidad el IMSS otorga diferentes pensiones por jubilación, invalidez, viudez, orfandad y ascendencia.
En la actualidad el IMSS otorga diferentes pensiones por jubilación, invalidez, viudez, orfandad y ascendencia.Créditos: LSR/Pixabay
Escrito en NACIÓN el

Uno de los derechos que tienen los trabajadores y que más les quita el sueño cuando todavía no lo reciben es la pensión y es que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ofrece varios tipos de pensiones a sus afiliados, dependiendo de su situación laboral, edad y tiempo de cotización. Las pensiones IMSS pueden ser por:

  • Pensión por jubilación.
  • Pensión por invalidez.
  • Pensión por viudez.
  • Pensión por orfandad.
  • Pensión por ascendencia.

Es importante destacar que las condiciones y requisitos para cada tipo de pensión pueden variar, y es necesario cumplir con ciertos criterios para ser elegible. Los montos de las pensiones también varían dependiendo de diferentes factores, como el salario cotizado y el tiempo de cotización.

En este sentido, no quiere decir que la pensión esté asegurada para todos los trabajadores, porque si no se cumplen con los requisitos que se requieren pueden obtener una negativa de pensión, es decir, ese trabajador no es candidato para recibir una pensión mes con mes, pero si ya eres de los afortunados que sí cuenta con una pensión, pero no te alcanza hay alternativas para poder aumentar tu pensión siempre y cuando estés en las siguientes situaciones. 

¿Cómo aumentar mi pensión?

Como bien se sabe si haces aportaciones voluntarias tu dinero ahorro en la Afore crece y así al final de tu vida laboral puedes obtener más dinero, es decir, más pensión, pero si eres de los pensionados que se encuentra en las siguientes situaciones también puedes recibir más pensión

De acuerdo con el IMSS, puedes aumentar tu pensión por:

  1. Asignación Familiar: Es el derecho a recibir, por cada carga familiar acreditada, una suma de dinero que varía de acuerdo con el sueldo del beneficiario con base en la Ley del Seguro Social a los beneficiarios de los pensionados por invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada.
  2. Ayuda Asistencial: Es la prestación en dinero que se otorga al pensionado por invalidez, así como a los viudos o viudas pensionados cuando su estado físico requiera forzosamente que lo asista otra persona de forma permanente o continua, de acuerdo a lo que señala la Ley del Seguro Social.

Si eres pensionado del IMSS y te encuentras en la primera situación, entonces debes saber que si todavía hay familiares que dependen de ti puedes ingresar asignaciones familiares para aumentar tu pensión. Las asignaciones familiares cesarán con el fallecimiento del familiar que la originó o en caso de la muerte de alguno de ellos, o en el caso de los hijos(as) cuando cumplan los dieciséis años, o veinticinco años, con excepción de los que se encuentren estudiando y se presente el documento probatorio correspondiente.

También puedes leer: IMSS: Estos son los trabajadores que podrán recibir el 100% de su pensión a partir de 2024

El IMSS indica que, el pensionado recibirá una ayuda económica denominada asignación familiar por concepto de carga familiar respecto de los beneficiarios siguientes:

Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973:

  • 15% por esposa o concubina.
  • 10% por cada uno de los hijos menores de dieciseis años.
  • 10% por cada uno de los hijos de dieciséis y hasta veinticinco años, si se encuentra estudiando en planteles del Sistema Educativo Nacional, siempre que no sea sujeto del régimen obligatorio.
  • 10% por cada uno de los hijos del pensionado con motivo de no poderse mantener por sí mismos, debido a inhabilitación para trabajar por enfermedad crónica, física o psíquica, la asignación podrá continuarse pagando hasta en tanto no desaparezca la inhabilitación sin importar la edad.

Si el pensionado no tuviera ni esposa o concubina, ni hijos conforme a los supuestos anteriores, se concederá una asignación del 10% por cada uno de los padres del pensionado si dependieran económicamente de él; si el pensionado sólo tuviera un ascendiente se le concederá adicionalmente una ayuda asistencial del 10%.

Ahora, si eres pensionado del IMSS pero te encuentras en la segunda situación, es decir, no tienes ni esposa o concubina, ni hijos, ni ascendientes que dependan económicamente de ti, se te concederá una ayuda asistencial del 15%.