VACACIONES DE VERANO

¿Te negaron en el trabajo tus vacaciones de verano? Así puedes reclamar

Vale la pena resaltar que las vacaciones no se deben compensar con dinero, ya que los patrones están obligados a otorgar el periodo a disfrutar

En caso de que esto pase debes saber que están violando unos de tus derechos laborales.Créditos: ESPECIAL
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Con la última reforma constitucional a la Ley Federal del Trabajo, el Senado de la República aprobó las nuevas vacaciones de todas y todos los trabajadores, las cuales se extendieron hasta 12 días al cumplir el primer año de servicio en la empresa para la que se labore, y es importante destacar que bajo ninguna circunstancia el patrón o la empresa para la que se trabaje, puede negar este periodo vacacional, siempre y cuando la o el  trabajador cumpla el tiempo mínimo para poder gozar de esta prestación.

Vale la pena mencionar que la Ley Federal del Trabajo es el documento mediante el cual el estado regula todo lo que tiene que ver con el sustento legal de los derechos, y también obligaciones, de las y los trabajadores mexicanos, esto con el fin de proteger a los trabajadores de posibles abusos por parte del patrón o de la empresa para la cual se labore; así como también establece as prestaciones laborales básicas que deben ser acatadas por todos los empleos formales.

Sin embargo, muchas personas que no están al día sobre sus derechos laborales preguntan con frecuencia que pasaría si en dado caso la empresa o el patrón para el que trabajan condicione, niegue o modifique los días de vacaciones que por ley le corresponden a los trabajadores, es por eso que a continuación te explicamos un poco sobre el tema.

Es importante destacar que de acuerdo con información de Vanguardia MX, en caso de que tu empresa o patrón no cumpla con esta obligación laboral la Secretaría del Trabajo y Previsión Social podría aplicar una multa a los que resulten responsables.

¿Qué opina la LFT con respecto a las vacaciones de verano?

Vale la pena recordar que, cualquier trabajo, pero en este caso todos aquellos empleos que registren a sus trabajadores bajo la Ley del Seguro Social, todos los trabajadores de cualquier empresa tienen derecho de gozar de todas las prestaciones laborales mínimas, siempre y cuando el trabajador también cumpla su responsabilidad con la empresa o patrón con el cual celebro un contrato laboral.

“Las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios”, establece el artículo 78 de la Ley Federal del Trabajo .

Asimismo también establece las siguientes prestaciones laborales que los trabajadores deben gozar desde el primer momento que ingrese a un nuevo trabajo.

  • Salario digno
  • Derecho a 12 días de vacaciones pagadas por un año de antigüedad
  • Pago de aguinaldo,
  • Reparto de utilidades
  • Seguro social

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¿Qué puedo hacer en caso de que me nieguen mis vacaciones de verano?

En caso de que te hayan negado tus vacaciones de verano a pesar de haber cumplido con el mínimo de los requisitos establecidos por la LFT , los trabajadores deben acudir al Centro de Conciliación Laboral, recordó la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), la cual brinda asesoría y orientación gratuita en caso de que estén violentando tus derechos laborales.

En caso de que sea así deberás comunicarte el teléfono 01 800 911 78 77 desde cualquier parte de la república mexicana; también tienen la opción de mandar un correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx; en caso de que la tecnología no sea lo tuyo, pueden acudir a las oficinas ubicadas en Dr. José María Vértiz 211, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06720, en la Ciudad de México.