REFORMA ELECTORAL

Plan B de reforma electoral "causaría graves daños a la democracia"

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) congeló la entrada en vigor del primer capítulo del Plan B de la Reforma Electoral que es propuesta por el Presidente Andrés Manuel López Obrador

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En dos estados de la república no pasará la reforma electoral de AMLOCréditos: Cuartoscuro y La Silla Rota
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A través de la admisión de siete reformas de inconstitucionalidad presentadas por distintos partidos de oposición y organizaciones civiles, diputados y senadores, el Ministro Alberto Pérez Dayán,  frenó, de momento, la aplicación de la reforma, en 30 entidades del país, excepto en los estados de México y Coahuila donde este año se celebrará  elecciones. Con la medida se para el tope en el  gasto del 0.1%  municipios de Coahuila y el Estado de México en su programa de comunicación social y frenó a funcionarios para tener libertad de expresión durante los procesos electorales.

El Ministro determinó que no realizar la excepción en ambas entidades, causaría afectaciones en la democracia del país.

“Ha lugar a conceder la medida cautelar solicitada, para el efecto de que el Decreto combatido no rija en los procesos electorales que se encuentran en desarrollo, esto es, los correspondientes al Estado de México y Coahuila, pues de no concederse podrían causarse afectaciones irreparables al sistema democrático y a los derechos fundamentales implicados en éste
 
Al aceptar a estudio las controversias presentadas por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolución Institucional (PRI), Revolución Democrática  (PRD), Movimiento Ciudadano, por Senadores y Diputados, así como por Hagamos, el Ministro aclaró que la medida entra en vigor inmediatamente.


“La medida suspensional concedida surtirá efectos de inmediato y sin necesidad de otorgar garantía alguna, sin perjuicio de que pueda modificarse o revocarse derivado de algún hecho superveniente, conforme a lo previsto en el artículo 17 de la mencionada Ley Reglamentaria”.

Hasta el momento la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha recibido 47 acciones de inconstitucionalidad y 31 controversias constitucionales contra los cambios que impulsa el Presidente Andrés Manuel López Obrador.

“NO HACERLO CAUSARÍA GRAVES AFECTACIONES AL SISTEMA DEMOCRÁTICO”

Al frenar la entrada en vigor del primer capítulo del Plan B de la Reforma Electoral, el Ministro Alberto Pérez Dayán, consideró que no hacerlo, causaría graves afectaciones al sistema democrático del país.

“Se concede la suspensión solicitada por los diversos Diputados integrantes de la Sexagésima Quinta Legislatura del Congreso de la Unión, promoventes de la acción de inconstitucionalidad 37/2023, para el efecto de que no rija en los procesos electorales que se encuentran en desarrollo en el Estado de México y en Coahuila…porque de no concederse, su aplicación podría causar afectaciones irreparables al sistema democrático y a los derechos fundamentales implicados en éste”.

Al aceptar a estudio las controversias presentadas por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolución Institucional (PRI), Revolución Democrática  (PRD), Movimiento Ciudadano, por Senadores y Diputados, así como por Hagamos, el Ministro aclaró que la medida entra en vigor inmediatamente.

“La medida suspensional concedida surtirá efectos de inmediato y sin necesidad de otorgar garantía alguna, sin perjuicio de que pueda modificarse o revocarse derivado de algún hecho superveniente, conforme a lo previsto en el artículo 17 de la mencionada Ley Reglamentaria”.

Con la medida se para el tope en el  gasto del 0.1%  municipios de Coahuila y el Estado de México en su programa de comunicación social y frenó a funcionarios para tener libertad de expresión durante los procesos electorales.

Hasta el momento la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha recibido 47 acciones de inconstitucionalidad y 31 controversias constitucionales contra los cambios que impulsa el Presidente Andrés Manuel López Obrador.

Poder Ejecutivo Federal impugnará la decisión del juez

De acuerdo con la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo Federal, este no ha sido notificado sobre la resolución del juez de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que ordena la suspensión del plan B electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador en los estados de Coahuila y Estado de México.

La consejería también informó que el Poder Ejecutivo impugnará la decisión del ministro Alberto Pérez Dayán “para revertir los efectos de esta determinación arbitraria e ilegal”, la cual se contrapone con la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105, que estipula que admitir una acción de inconstitucionalidad, “no dará lugar a la suspensión de la norma cuestionada”.

DJC