CNDH

Critican “iniciativa” de CNDH para automodificarse: "no tiene dicha facultad"

El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez criticó la propuesta de reformas impulsada por la Comisión NacIonal de los Derechos Humanos (CNDH)

No son prioritarias las reformas legales sino el ejercicio robusto de la autonomía
Las recomendaciones que emita la Defensoría Nacional será exigibles.No son prioritarias las reformas legales sino el ejercicio robusto de la autonomíaCréditos: ESPECIAL
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El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez criticó la propuesta de reformas impulsada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) para transformarse en Defensoría Nacional de los Derechos del Pueblo incluye, conforme a lo que hasta ahora es público, modificaciones inadecuadas.

Para afianzar el sistema de organismos públicos de derechos humanos, en estos momentos no son prioritarias las reformas legales sino el ejercicio robusto de la autonomía frente a realidades como la militarización, la crisis de desapariciones y la persistente impunidad. 

Muchxs criticamos el costo de la CNDH, como se expone en su comunicado. Pero nuestra crítica fundamental es que no se ha consolidado su autonomía. No acompañamos que enfatice sólo la reducción de presupuesto, en un contexto de subordinación al poder político en turno.

Dado que la CNDH no tiene facultades para presentar iniciativas, esta propuesta, cuyo contenido íntegro no se conoce, aún deben hacerla suya algún legislador o legisladora. Llamamos a que, en lugar vez de avanzar en esta ruta, se debe abrir un debate profundo y plural sobre el debilitado sistema ombudsperson. 

LOS HECHOS

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), a cargo de Rosario Piedra Ibarra, presentó este domingo una iniciativa ante el Congreso de la Unión para convertirse en la Defensoría Nacional de los Derechos del Pueblo; sin embargo, este organismo no tiene facultad para presentar iniciativas.

“Se presentó una iniciativa (…) no para atender únicamente a los pobres como equivocadamente se ha señalado, sino (…) para reafirma su autonomía y potenciar los alcances de esa misión, de manera que se observe íntegramente el mandato que desde 2011 otorga nuestra Constitución Política al Estado mexicano y a todas sus autoridades”, señala en comunicado la Comisión.

Asimismo, menciona que esta iniciativa no es producto de un trabajo de gabinete ni de académicos ni juristas, sino de las personas que se acercan a la CNDH en espera de resolución a las quejas que interponen por violaciones de derechos humanos.

Uno de los principales cambios que se propone es que el titular de este organismo será elegido por “el pueblo”, cuando, actualmente, el Senado elige al titular de la CNDH.

Por otra parte, la iniciativa busca reformar el artículo 102 apartado B de la Constitución y la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos con las siguientes modificaciones:

  • La persona titular de la Defensoría Nacional y los integrantes de su Consejo Consultivo serán electos por el pueblo mediante procesos de participación ciudadana y se elimina su posibilidad de relección.
  • Ninguna autoridad o servidor público dará instrucciones a la Defensoría Nacional, y a su vez, ningún funcionario de la misma se sujetará a orientación o presión alguna por parte de aquellos.
  • El titular de la Defensoría no podrá buscar un cargo de elección popular en el año siguiente al término de su responsabilidad.
  • Elimina el requisito de contar con título de licenciado en derecho para su personal y privilegia la experiencia en la defensa de los derechos humanos.
  • Incorpora el principio pro persona en todas sus acciones y resoluciones.
  • Transforma las visitadurías generales en defensorías generales y las visitadurías adjuntas en defensorías adjuntas.
  • Las quejas tendrán el tratamiento de recursos de exigibilidad. Esto, bajo la lógica de que es obligación de todas las autoridades del Estado observar, respetar y proteger los derechos humanos.
  • Incorpora la facultad de solicitar medidas cautelares o precautorias cuando éstas se requieran para proteger los derechos humanos o para evitar la consumación de daños irreparables.

Es importante señalar también que las recomendaciones que emita la Defensoría Nacional será exigibles por ella misma para hacerlas cumplir sin depender del otro órganos como sucede ahora.