PRISIÓN PREVENTIVA

Así votaron legisladores la prisión preventiva oficiosa en 2018

La figura de prisión preventiva oficiosa será juzgada este viernes por la Corte IDH en Brasil y analizada como inconstitucional por la Corte mexicana la próxima semana

La medida cautelar es criticada por organizaciones y organismos defensores de Derechos Humanos
Prisión preventiva oficiosa.La medida cautelar es criticada por organizaciones y organismos defensores de Derechos HumanosCréditos: Cuartoscuro
Escrito en NACIÓN el

La prisión preventiva oficiosa es considerada, por organismos nacionales internacionales, como una medida que viola los derechos humanos. A pesar de eso, legisladores de Morena y algunos de la oposición aprobaron, en 2018, ampliar los delitos por los que una persona puede ser encarcelada de manera inmediata, sin que se compruebe su culpabilidad.

En diciembre de 2018, el Senado avaló la reforma –que pasó a la Cámara de Diputados– con la que se amplió el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa. Esa reforma modificó el artículo 19 de la Constitución.

Fueron 91 votos a favor y 18 en contra los que avalaron la reforma; más tarde, en 2020, el mismo número de senadores modificó las leyes secundarias en materia de delitos sexuales, electorales, robo al transporte, de hidrocarburos y posesión ilegal de armas.

En diciembre de 2018, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) hizo un extrañamiento al Senado “por el gran número de iniciativas presentadas por senadoras y senadores para ampliar el catálogo de delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa”.

En ese momento, la CNDH advirtió que “de aprobarse la reforma al artículo 19 constitucional, resultaría contraria a los estándares internacionales y al debido proceso”, armonizado por México con el nuevo Sistema de Justicia Penal.

¿QUÉ SENADORES VOTARON EN FAVOR?

En principio, la reforma fue impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador desde el inicio de su sexenio, cuando pidió considerar “como delito grave” la corrupción. La reforma aprobada el 6 de diciembre de 2018 fue presentada por la bancada de Morena, coordinada por Ricardo Monreal.

Todos los senadores de Morena (excepto Nestora Salgado), PT y el Partido Verde votaron en favor de la reforma constitucional. Solo 18 senadores de la oposición, entre los que destacaron integrantes del PAN, MC y algunos del PRI, votaron en contra.

Algunos de los representantes de la oposición que votaron en favor de la reforma fue el entonces coordinador del PAN en el Senado, Rafael Moreno Valle, fallecido ese mismo año el 24 de diciembre; y quien se convertiría en el coordinador suplente y actual gobernador de Querétaro: Mauricio Kuri González.

Del PAN, en contra votaron los expresidentes del partido Damián Zepeda y Gustavo Madero, las senadoras Xóchitl Gálvez, Josefina Vázquez Mota y la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, Kenia López Rabadán.

En PRI el fenómeno fue el mismo: la mayoría de los senadores priistas apoyaron la ampliación de delitos que ameriten prisión inmediata, solo Claudia Anaya y Noé Castañón (quien después migró a MC) votaron en contra. Todos los demás en favor.

La bancada del PRD entera votó por apoyar la reforma impulsada por Morena, empezando por su coordinador, Miguel Ángel Mancera. En tanto, la bancada de MC votó completa en contra.

¿CÓMO VOTARON LOS DIPUTADOS?

En febrero de 2019, la reforma al artículo 19 constitucional fue votada por la Cámara de Diputados. Fue aprobada por 377 votos a favor, 96 en contra y 5 abstenciones. De los votos de la oposición, 65 fueron en favor de la propuesta de Morena.

En contra destacó el voto de la diputada Lorena Villavicencio (Morena), activista y defensora de derechos de las mujeres, quien durante la 64 Legislatura destacó por posicionarse en contra de las reformas más importantes de su bancada, incluso las que propuso como prioritarias el presidente López Obrador. Villavicencio se quedó sin curul en la 65 Legislatura.

De acuerdo con declaraciones de los legisladores de aquel momento, 36 diputados del PAN, 7 del PRI y 13 de MC “se vieron obligados” a votar en favor, a petición de los gobernadores de sus estados, quienes sí estaban de acuerdo con que se tipificaran delitos como el robo de hidrocarburos y al transporte de carga con prisión preventiva de oficio.

"Significa que hoy en día una persona que trabaja en el hogar, que se dedica al trabajo doméstico, puede ser culpada de robo a casa habitación. Y esa persona será remitida inmediatamente a la cárcel, porque así se lo están mandatando al juez", dijo la entonces diputada Martha Tagle (MC).

¿QUÉ IMPLICA LA PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA?

La prisión preventiva oficiosa o "de oficio" consiste en que el acusado de un delito se quede en prisión de manera inmediata al identificarse como sospechoso. Es decir, si un hombre es acusado de robo, en ese momento puede ser detenido y llevado a prisión para que, de manera “preventiva”, no siga cometiendo el delito del que se le acusa.

De acuerdo con organizaciones civiles y dependencias internacionales, la figura de prisión preventiva de oficio vulnera el principio de presunción de inocencia, el derecho al debido proceso judicial y las garantías individuales establecidas en la propia Constitución mexicana.

En febrero de 2019, justamente en medio de la aprobación de dicha reforma en San Lázaro, el representante en México del Alto Comisionado de la Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH), Jan Jarab, acusó que la reforma “refleja mano dura, lo que sorprende de un gobierno que dice ser diferente”.

“Son propuestas que reflejan una filosofía opuesta, punitivista, de mano dura, sorprendente para una nueva mayoría que se define distinta, porque esta materia apuesta a la continuidad de las políticas del pasado, al mismo tiempo que declara que han fallado. Tengo que admitir que no entiendo esta contradicción”.

Amnistía Internacional ha considerado como un avance la posible eliminación de la prisión preventiva oficiosa en México y considera la medida como “un instrumento anticipado de castigo, pues es previo a la emisión de una sentencia”.

“En México, la prisión preventiva se ha convertido en la regla y no en la excepción, vulnerando el derecho de toda persona a ser tratada como inocente hasta que sea condenada por una sentencia”.

Organizaciones como Equis Justicia para Mujeres han reportado que 52 % de las mexicanas que se encuentran en prisión están bajo la figura de la prisión preventiva de oficio, así que no tienen sentencia que las condene y no pueden acogerse al criterio de amnistía impulsado por el mismo presidente López Obrador, en 2020.

¿QUÉ SIGUE?

Este viernes, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) llevará a cabo la audiencia pública en la que podrían inculpar al sistema de justicia mexicano por el caso de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortíz, quienes permanecieron detenidos en prisión preventiva por más de 17 años, sin sentencia y sin comprobar su culpabilidad.

Ambos hombres permanecieron en prisión preventiva de oficio 45 y 34 días sin saber siquiera de qué se les acusaba.

Además, el lunes 5 de septiembre, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá dos recursos que podrían dar un giro a la reforma impulsada por Morena en 2018.

Se trata del amparo en revisión 355/2021 y la acción de inconstitucionalidad 130/2019 las que pretenden declarar inconvencional o inconstitucional la aplicación de la figura de prisión preventiva oficiosa en México.

Académicos y legisladores han apoyado el proyecto del ministro Luis María Aguilar, que perfila invalidar la reforma en materia de prisión preventiva para temas fiscales, pero agrega un criterio para considerarla en aplicable de manera general.

“Es decir, no le basta con decir que esa reforma es inconstitucional, sino que dice ‘de una vez por todas entrémosle de lleno al asunto y no apliquemos la prisión preventiva oficiosa en México’ y eso es un paso histórico en favor de los derechos humanos para este país”, dijo el senador Damián Zepeda (PAN) esta semana.